MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Consultores Tigrow Limitada

RUT 76121099-8 CVE 2448209
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
4 de diciembre de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
4 de diciembre de 2023
Repertorio
88597-2023
Notario
WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ
Oficio
Cuadragésima Novena Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ, abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Novena Notaría de Santiago, ubicada en calle Hermanos Amunategui número setenta y tres, de la Comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifico: Por escritura de 4 de diciembre de 2023, repertorio N° 88.597-2023, ante mí, comparecieron Max Wachholtz Abalos, C.I. N°5.743.516-K, domiciliado en Gerónimo de Alderete 885, departamento 153, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; Fernando Javier Díaz Moreno, C.I. N°12.231.846-K; y don Gustavo Enrique Salas Lafertte, C.I. N°14.410.396-3, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Echeñique 7.053, comuna de La Reina, Región Metropolitana, acordaron modificar la sociedad “CONSULTORES TIGROW LIMITADA”, inscrita a fojas 56.844, número 39.603, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2010, en el siguiente sentido: Uno) Max Fernando Wachholtz Ábalos, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos en “Consultores Tigrow Limitada”, esto es el 50% de los derechos en la sociedad a las siguientes personas: a) un 45% a don Fernando Javier Díaz Moreno Gustavo; y b) un 5% a Enrique Salas Lafertte. Dos) Como consecuencia de lo anterior, se modifica la cláusula 4 de los estatutos sociales, de la siguiente manera: “Artículo Cuarto: “CUARTO: CAPITAL Y RESPONSABILIDAD DE LOS SOCIOS.- El capital de la sociedad será la suma de $2.000.000.- que los socios aportan por partes iguales de la siguiente forma: a) don Gustavo Enrique Salas Lafertte, aporta el 5%, con la suma de $100.000, que ingresan en este acto en la caja social, al contado y en dinero efectivo; y b) don Fernando Javier Díaz Moreno, aporta el 95%, con la suma de $1.900.000, que ingresan en este acto en la caja social, al contado y en dinero efectivo. Es de la esencia de este contrato que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. La participación en las utilidades y las pérdidas será a prorrata de sus participaciones.”. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago 30 de enero de 2024.