MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

COIL DRAGON (HONG kONG) LIMITED AGENCIA EN CHILE

RUT 76715096-2 CVE 2447741
Fecha instrumento
5 de enero de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
5 de enero de 2024
Notario
GUILLERMO VALENZUELA LEON
Oficio
titular de la 3ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GUILLERMO VALENZUELA LEON, Abogado, Notario Público, suplente del titular de la 3ª Notaría de Santiago, don GABRIEL OGALDE RODRIGUEZ, Avenida Libertador Bernardo O’higgins 2102, Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 05 de enero 2024, ante mí don XINPING WANG, chino, soltero, empleado, en su calidad de agente en chile y representante convencional de la sociedad COIL DRAGON (HONG KONG) LIMITED AGENCIA EN CHILE, ambos con domicilio en calle Unión Latinoamericana N°1657 Santiago; viene en modificar la agencia en chile de la sociedad extranjera COIL DRAGON (HONG KONG) LIMITED, denominada COIL DRAGON (HONG KONG) LIMITED AGENCIA EN CHILE, constituida por escritura pública de fecha 28-09-2023, otorgada ante notario Patricio Guillermo Coromina Mellado, inscrita en el Registro de Comercio de Santiago del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 85.921 N°37.006 año 2023, ampliando el giro como se detalla a continuación; a) efectuar toda clase de inversiones, adquirir y enajenar acciones, bonos, debentures, pagarés, títulos de crédito, derechos en cualquier tipo de sociedades civiles, comerciales y mineras, y otros valores mobiliarios, bienes raíces o muebles; b) formar parte de toda clase de sociedades civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, adquirir acciones o derechos en ellas, modificar los estatutos de las que pase a ser socia o accionista y tomar parte en su administración y ser gestora de sociedades en comandita por acciones; c) la prestación de servicios y asesorías en las área inmobiliaria, contables, jurídicas, tributarias de grandes y medianas empresas, asesorías de personas naturales o jurídicas en relación a inversiones en el mercado formal de valores, asesorías económicas, financieras, comerciales, computacionales, evaluación de proyecto, consultorías administrativas, compraventas de capitales mobiliarios, así como toda actividad comercial relacionada directa o indirectamente con lo anterior; d) La inversión en bienes raíces urbanos y rurales, pudiendo construir en ellos, administrarlos y explotarlos, por cuenta propia o ajena, percibiendo sus frutos, y la realización de cualquier acto, contrato o negocio, la administración y adquisición de activos fijos evaluables, así como la adquisición de cualquier bien mueble; y e) cualquier otra actividad permitida por la legislación chilena que los socios pudieren acordar en el futuro. En todo lo no modificado en el presente instrumento, continua vigente en todo su contexto el primitivo pacto social. Santiago, 25-01-2024