MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD EDUCACIONAL MONTEALTO LIMITADA

RUT 76501630-4 CVE 2447511
Fecha instrumento
28 de diciembre de 2023
Notaría
Santiago Pedro Ricardo Reveco Hormazabal

Instrumento

Fecha
28 de diciembre de 2023
Comuna
Santiago Pedro Ricardo Reveco Hormazabal

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JAVIER IGNACIO HORMAZABAL COLLAO, abogado, Notario Suplente del Titular 19° Notaría de Santiago Pedro Ricardo Reveco Hormazabal, Bandera N° 341 oficina 352, Certifico: Por escritura pública, de fecha 28 de Diciembre de 2023, ante mí, don ANDRÉS DIONISIO RODRÍGUEZ VALENZUELA y doña MARÍA CRISTINA BALART CASTILLO, ambos domiciliados para estos efectos en calle Lago Leman número 3752, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana y de paso en esta, modificaron sociedad de responsabilidad limitada “SOCIEDAD EDUCACIONAL MONTEALTO LIMITADA”, constituida por escritura pública de fecha 24 de agosto del 2005, otorgada en Notaría de Santiago de don Eduardo Avello Concha, extracto inscrito a fojas 33283, Número 23763 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago de 2005, y publicado en Diario Oficial de fecha 13 de septiembre de 2005, su rectificación de fecha 27 de febrero de 2006, otorgada en la notaría de Santiago de don Eduardo Avello Concha, según consta de inscripción de fojas 8940 número 6066 del año 2006, y sus modificaciones conforme se señala en la cláusula PRIMERO de la presente escritura. MODIFICACIONES CONSISTEN: “Asimismo, don ANDRÉS DIONISIO RODRÍGUEZ VALENZUELA, y doña MARÍA CRISTINA BALART CASTILLO, en su calidad de únicos y actuales socios, modifican el objeto social señalado en la cláusula QUINTO de la escritura de constitución de la sociedad, por el siguiente: “El objeto de la sociedad será la prestación de servicios y asesorías técnicas y profesionales en el ámbito de la educación, ya sea está a nivel de capacitación, de educación preescolar, básica, media, técnica, profesional y universitaria, o la que en el futuro se establezca en su reemplazo, ya sea a través de la creación, apertura, organización, sostenimiento, administración y supresión de establecimientos educaciones de cualquier clase; ya sean propios o ajenos, a través del establecimiento de planes de desarrollo y docencia de acuerdo con los programas del Ministerio de Educación o del organismo que lo reemplace; lo que incluye además la realización de toda clase de actividades tendientes al desarrollo de servicios y asesorías en educación, ciencia y la cultura, y el desarrollo de actividades complementarias que sean necesarias para cumplir el objetivo principal de la sociedad, con anterioridad indicado; y en todo lo que, en cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro tenga que ver con todo lo dicho”. En todo lo no modificado expresamente en esta escritura, se mantienen plenamente vigentes las demás cláusulas y estipulaciones del contrato social primitivo y sus modificaciones señaladas en la cláusula PRIMERO del presente instrumento, en especial en lo relativo a que la responsabilidad de los socios queda limitada hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 23 de Enero del 2024.