ASESORÍAS URETA Y BENAVENTE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 25 de enero de 2024
- Notario
- HUMBERTO QUEZADA MORENO
- Oficio
- 26º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $500.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio social será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otras ciudades de Chile o en el extranjero, así como de los domicilios especiales que pueda fijar en actos o contratos determinados. IV
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la Sociedad será prestar toda clase de asesorías, consultorías y servicios profesionales particularmente relacionados al ámbito jurídico, legal, tributario, inmobiliario, financieros, económicos y de administración de negocios; efectuar inversiones en bienes muebles, corporales o incorporales, acciones de sociedades, derechos en otras sociedades, bonos, efectos de comercio y demás valores mobiliarios, todo ello tanto en Chile como en el extranjero, administrarlos, transferirlos, explotarlos y percibir sus frutos; y en general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la sociedad o el desarrollo de su
Administración
La administración, representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a don José Ignacio Benavente Ortúzar y don Ignacio Ureta Achurra quienes podrán ejercerla separada e indistintamente
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHUMBERTO QUEZADA MORENO, Notario Público Titular de la 26º Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo 3.196, comuna de Las Condes; certifico: Por escritura pública de 25 de enero del año 2024, Rep. N°639-2024, ante mi: i) don José Ignacio Benavente Ortúzar, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad número 18.639.269-8, con domicilio para estos efectos en parcela 26, sector El Trigal, comuna de Requínoa, Región del Libertador Bernardo O´Higgins, y de paso en esta; y ii) don Ignacio Ureta Achurra, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad número 18.023.871-9, con domicilio para estos efectos en Espoz 4.400, depto 404, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, quienes vienen en constituir Sociedad de Responsabilidad Limitada, que se regirá según los siguientes estatutos: I. Razón Social: La razón social será “ASESORÍAS URETA Y BENAVENTE LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos a que hubiere lugar el nombre de fantasía “URETA y BENAVENTE ABOGADOS” y/o “UyB ABOGADOS”. II. Duración: Indefinida. III. Domicilio: El domicilio social será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otras ciudades de Chile o en el extranjero, así como de los domicilios especiales que pueda fijar en actos o contratos determinados. IV. Objeto: El objeto de la Sociedad será prestar toda clase de asesorías, consultorías y servicios profesionales particularmente relacionados al ámbito jurídico, legal, tributario, inmobiliario, financieros, económicos y de administración de negocios; efectuar inversiones en bienes muebles, corporales o incorporales, acciones de sociedades, derechos en otras sociedades, bonos, efectos de comercio y demás valores mobiliarios, todo ello tanto en Chile como en el extranjero, administrarlos, transferirlos, explotarlos y percibir sus frutos; y en general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la sociedad o el desarrollo de su giro. V. Capital: El capital social es la suma única y total de $500.000, los cuales son pagados por sus socios en este mismo acto en las siguientes cantidades y proporciones: i) don José Ignacio Benavente Ortúzar con $250.000, equivalentes al 50% del capital social; y, ii) don Ignacio Ureta Achurra con $250.000, equivalentes al restante 50% del capital social. VI. Administración: La administración, representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a don José Ignacio Benavente Ortúzar y don Ignacio Ureta Achurra quienes podrán ejercerla separada e indistintamente. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 26 de enero de 2024. HQM. Not. Pub.