CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ASESORÍAS PROFESIONALES TOSCANA LIMITADA

CVE 2447603
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
18 de enero de 2024
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
18 de enero de 2024
Notario
ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
La duración de la sociedad será de cuarenta años contados desde la fecha de la escritura de constitución, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de cinco meses de anticipación al respectivo vencimiento. V

Objeto social

/a) La prestación de toda clase de asesorías, consultorías, servicios profesionales, jurídicos y legales; y, /b) El estudio, planificación, consultoría y ejecución profesional de todo tipo de proyectos relacionados con el desarrollo de áreas comerciales y de marketing, mediante la construcción, diseño e implementación de estrategias de prospección de mercados y captación de clientes, con preminencia a la prestación de servicios de asesoría legal y comercial. La Sociedad podrá realizar inversiones pasivas y secundarias en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión, y otros instrumentos mercantiles y mobiliarios que permitan el desarrollo y mantención de su giro principal. III

Administración

La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá individual e indistintamente a don ALFREDO BENITO DEL VALLE ALTAMIRANO y a doña SOFÍA MACARENA LEWIN MORALES. El administrador actuando de la forma indicada y anteponiendo a su firma la razón social contará con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos, contratos, convenciones, operaciones, negocios y trámites que se relacionen directa o indirectamente con el giro de la sociedad

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular, 36° Notaría de Santiago, con oficio en La concepción 65, piso 2, Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 18 de enero de 2024, ante mí, comparecen: ALFREDO BENITO DEL VALLE ALTAMIRANO y SOFÍA MACARENA LEWIN MORALES; ambos domiciliados para estos efectos en Monseñor Escrivá de Balaguer número 9211-C, departamento número 701, Comuna de Vitacura; quienes constituyeron una sociedad de Responsabilidad Limitada en los siguientes términos: I. Razón Social: El nombre o razón social será ASESORÍAS PROFESIONALES TOSCANA LIMITADA, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualquier organismo el nombre de fantasía de “TOSCANA LDTA”.- II. Objeto: /a/ La prestación de toda clase de asesorías, consultorías, servicios profesionales, jurídicos y legales; y, /b/ El estudio, planificación, consultoría y ejecución profesional de todo tipo de proyectos relacionados con el desarrollo de áreas comerciales y de marketing, mediante la construcción, diseño e implementación de estrategias de prospección de mercados y captación de clientes, con preminencia a la prestación de servicios de asesoría legal y comercial. La Sociedad podrá realizar inversiones pasivas y secundarias en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión, y otros instrumentos mercantiles y mobiliarios que permitan el desarrollo y mantención de su giro principal. III. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o del extranjero.- IV. Duración: La duración de la sociedad será de cuarenta años contados desde la fecha de la escritura de constitución, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de cinco meses de anticipación al respectivo vencimiento. V. Capital: El capital social es la suma única y total de $1.000.000, distribuido entre sus socios en las siguientes cantidades y proporciones i) don ALFREDO BENITO DEL VALLE ALTAMIRANO, con $50.000, equivalentes al 50% del capital y los derechos sociales; y, ii) doña SOFÍA MACARENA LEWIN MORALES, con $500.000, equivalentes al 50% restante del capital y los derechos sociales.- VI. Administración: La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá individual e indistintamente a don ALFREDO BENITO DEL VALLE ALTAMIRANO y a doña SOFÍA MACARENA LEWIN MORALES. El administrador actuando de la forma indicada y anteponiendo a su firma la razón social contará con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos, contratos, convenciones, operaciones, negocios y trámites que se relacionen directa o indirectamente con el giro de la sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En Santiago, 26 de enero del año 2024.