INVERSIONES E INMOBILIARIA ABT LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 10 de enero de 2024
- Repertorio
- 15285-2023
- Notario
- COSME FERNANDO GOMILA GATICA
- Oficio
- Cuarta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $50.000.000 CLP
Referencias (1)
- do publicacion DO N° 36544 del 21 de diciembre de 1999
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCOSME FERNANDO GOMILA GATICA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, domiciliado en calle Carmencita 20, Las Condes, certifico que con fecha 22 de noviembre de 2023, por escritura pública, Repertorio N°15285-2023, ante mí, don AUGUSTO BEZMALINOVIC TORO, cédula de identidad N°4.857.774-1, domiciliado en calle Bartolomé de Las Casas N°1808, departamento N°171, Vitacura, Región Metropolitana; doña SYLVIA GLORIA DEL CARMEN MORALES LARRAÍN, cédula de identidad N°4.660.013-4, domiciliada en calle Bartolomé de Las Casas N°1808, departamento N°171, Vitacura, Región Metropolitana; doña SYLVIA FRANCISCA BEZMALINOVIC MORALES, cédula de identidad N°12.041.637-5, domiciliada en calle Camino La Bandurria N°3417, Lo Barnechea, Región Metropolitana; doña MARÍA CAROLINA BEZMALINOVIC MORALES, cédula de identidad N°9.907.297-0, domiciliada en calle Camino La Bandurria N°3456, Lo Barnechea, Región Metropolitana; doña MARÍA CONSUELO BEZMALINOVIC MORALES, cédula de identidad N°13.657.653-4, domiciliada en calle Camino Cerro Alto N°10121, Casa 6, Lo Barnechea, Región Metropolitana; doña MARÍA FERNANDA BEZMALINOVIC MORALES, cédula de identidad N°13.435.125-K, domiciliada en calle Camino del Cerro Alto N°10121, Casa 3, Lo Barnechea, Región Metropolitana; Modificaron sociedad de responsabilidad limitada “INVERSIONES E INMOBILIARIA ABT LIMITADA”, inscrita en extracto en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1999 a fojas 31116 N°24812, y su extracto fue publicado en el diario oficial N°36544 de fecha 21/12/1999. Modificaciones consisten en: AUMENTO DE CAPITAL. aumentar el capital social en la suma de $50.000.000.- para quedar el capital social en la suma total de $550.000.000.-, aumento que los socios aportan enteran y pagan de la forma que se indica a continuación: a) Don AUGUSTO BEZMALINOVIC TORO aporta la suma de $40.750.000.- que pagará dentro del plazo de tres años a contar de esta fecha, en la medida en que las necesidades sociales lo requieran; b) doña SYLVIA GLORIA DEL CARMEN MORALES LARRAÍN aporta la suma de $4.250.000.- que entera y paga con el aporte en dominio de 12.500 acciones de sociedad DON CAMARON S.A. valorizadas de común acuerdo por los socios en la suma de $4.250.000.- Los socios declararán conjuntamente que aceptan el pago del aumento de capital por valor de $4.250.000.- con el aporte en dominio de las acciones singularizadas; c) doña SYLVIA FRANCISCA BEZMALINOVIC MORALES aporta la suma de $1.250.000.- que pagará dentro del plazo de tres años a contar de esta fecha, en la medida en que las necesidades sociales lo requieran; Doña MARÍA CAROLINA BEZMALINOVIC MORALES aporta la suma de $1.250.000.- que pagará dentro del plazo de tres años a contar de esta fecha, en la medida en que las necesidades sociales lo requieran; Doña MARÍA CONSUELO BEZMALINOVIC MORALES aporta la suma de $1.250.000.- que pagará dentro del plazo de tres años a contar de esta fecha, en la medida en que las necesidades sociales lo requieran; y, doña MARÍA FERNANDA BEZMALINOVIC MORALES aporta la suma de $1.250.000.- que pagará dentro del plazo de tres años a contar de esta fecha, en la medida en que las necesidades sociales lo requieran; SUSTITUCIÓN ARTÍCULO SEXTO. ESTATUTOS. Los socios sustituyen artículo sexto de los estatutos relativo al capital por el siguiente: “SEXTO: El capital social es la suma de quinientos cincuenta millones de pesos que los socios aportan enteran y pagan de la siguiente forma: (uno) Don AUGUSTO BEZMALINOVIC TORO la suma de $475.750.000, correspondiente al 86,5% del haber social total, que aporta, entera y paga con la suma de $435.000.000.- enterado con anterioridad a esta fecha a la caja social y con la suma de $40.750.000.- que pagará dentro del plazo de tres años a contar de esta fecha, en la medida en que las necesidades sociales lo requieran; (dos) doña SYLVIA GLORIA DEL CARMEN MORALES LARRAÍN la suma de $19.250.000, correspondiente al 3,5% del haber social total, que aporta, entera y paga con la suma de $15.000.000.- enterado con anterioridad a esta fecha a la caja social y con la suma de $4.250.000.- con el aporte en dominio de acciones de sociedad anónima valorizadas de común acuerdo por las partes; (tres) doña SYLVIA FRANCISCA BEZMALINOVIC MORALES la suma de $13.750.000, correspondiente al 2,5% del haber social total, que aporta, entera y paga con la suma de $12.500.000.- enterado con anterioridad a esta fecha a la caja social y con la suma de $1.250.000.- que pagará dentro del plazo de tres años a contar de esta fecha, en la medida en que las necesidades sociales lo requieran; (cuatro) doña MARÍA CAROLINA BEZMALINOVIC MORALES la suma de $13.750.000, correspondiente al 2,5% del haber social total, que aporta, entera y paga con la suma de $12.500.000.- enterado con anterioridad a esta fecha a la caja social y con la suma de $1.250.000.- que pagará dentro del plazo de tres años a contar de esta fecha, en la medida en que las necesidades sociales lo requieran; (cinco) doña MARÍA CONSUELO BEZMALINOVIC MORALES la suma de $13.750.000, correspondiente al 2,5% del haber social total, que aporta, entera y paga con la suma de $12.500.000.- enterado con anterioridad a esta fecha a la caja social y con la suma de $1.250.000.- que pagará dentro del plazo de tres años a contar de esta fecha, en la medida en que las necesidades sociales lo requieran; (seis) doña MARÍA FERNANDA BEZMALINOVIC MORALES la suma de $13.750.000, correspondiente al 2,5% del haber social total, que aporta, entera y paga con la suma de $12.500.000.- enterado con anterioridad a esta fecha a la caja social y con la suma de $1.250.000.- que pagará dentro del plazo de tres años a contar de esta fecha, en la medida en que las necesidades sociales lo requieran.” En lo no modificado continúan vigentes estatutos de la Sociedad, en especial la limitación de responsabilidad de los socios al monto de sus aportes. Demás estipulaciones y modificaciones que no son materia de extracto constan de escritura extractada.- Santiago, 10 de Enero de 2024.- COSME FERNANDO GOMILA GATICA.- Notario Titular.- MGP