Central de Abastecimiento Farma 7 S.A.
Instrumento
- Fecha
- 23 de enero de 2024
- Repertorio
- 1265/2024
- Notario
- LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
- Oficio
- Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, abogado, Notario Público, Titular de la Octava Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos novecientos cuarenta y uno, oficina trescientos dos, Comuna y ciudad de Santiago, certifico: Por Escritura Pública de fecha 23/01/2024, Repertorio 1265/2024, ante mi, se redujo Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de CENTRAL DE ABASTECIMIENTO FARMA 7 S.A., Rol Único Tributario N°96.957.980-4, inscrita a fojas 16.003 número 12.897 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2001, celebrada con fecha 21 de diciembre de 2023, en las oficinas la sociedad en calle Coronel López de Alcázar N°841, comuna de Independencia, Santiago, en presencia de la Notario Público que certifica, en la que se acordó por unanimidad de los accionistas: Uno) Modificar el número de Directores de la sociedad, rebajando de 8 a 7 el número de Directores Titulares y Suplentes de la sociedad; y Dos) Modificar los Estatutos Sociales, modificando los Artículos Noveno y Décimo permanente, por los siguientes: “ARTICULO NOVENO: La administración estará a cargo de un directorio compuesto por un siete Directores titulares en que cada uno tendrá un Director suplente, elegido por voto unipersonal en Junta General de Accionistas. Los directores tendrán una duración de dos años en sus funciones, pudiendo ser reelegidos indefinidamente”. “ARTICULO DÉCIMO: Los señores Directores suplentes reemplazaran al Director titular en ausencia de este con iguales facultades, pudiendo concurrir a las reuniones del Directorio aun estando presente el titular, pero en este caso con derechos a voz pero no a voto. Si se produjere la vacancia de un Director titular o suplente, el Directorio podrá nombras a un reemplazante, que durará en sus funciones hasta la próxima Junta General Ordinaria de Accionistas, en la que deberá renovarse la totalidad del Directorio”. Demás estipulaciones constan escritura extractada y no son materia de extracto.