Instrumento
- Fecha
- 19 de enero de 2024
- Notario
- EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
- Oficio
- Trigésima Cuarta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, las siguientes actividades: El objeto de la sociedad será: A) La venta, importación, distribución, comercialización y exportación de todo tipo de bienes muebles o servicios; B) La prestación de servicios de recaudación o comisión, ya sea por cuenta propia o de terceros; C) La prestación de todas las operaciones y servicios destinados a ayudar a la explotación o dirección de una empresa comercial, o a la ayuda en la dirección de negocios o funciones comerciales de una empresa industrial o comercial, realizados en forma escrita, vía telefónica, electrónica, digital o en cualquier otra; D) Efectuar toda clase de inversiones en bienes muebles e inmuebles con fines rentísticos de largo plazo, corporales e incorporales, incluyendo la formación y la participación en otras personas jurídicas y sociedades de cualquier tipo y objeto, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos o rentas; E) La prestación de soluciones digitales y asesorías económicas, financieras, comerciales y contables, de administración comercial, marketing, como también asesoría en los demás rubros de este objeto social; F) El desarrollo, comercialización y licenciamiento de software, bases de datos, de suministros computacionales y soluciones digitales en general; G) La prestación de todo tipo de asesorías digitales, técnicas y profesionales en el área computacional, sistemas, soportes, estudios y venta a cualquier persona natural o jurídica, pública o privada; H) La venta de medios de pago electrónicos y el procesamiento de datos y pagos de toda clase de bienes y servicios realizados electrónicamente; I) Las prestaciones de servicios de cobranza, recaudación, pago y comercio electrónico, de suscripciones digitales, de publicidad y promoción de medios electrónicos; J) La prestación de servicios de remesas internacionales y transferencias de dinero, en Chile y en el extranjero, tanto para personas naturales como personas jurídicas, ya sean nacionales o extranjeras; K) La recaudación de dinero y posterior pago del mismo, en Chile y en el extranjero, tanto para personas naturales como personas jurídicas, ya sean nacionales o extranjeras; y L) Cualquier otra actividad permitida por la legislación chilena que la o los accionistas pudieran acordar en el futuro. Para tales objetos, la sociedad, entre otros actos, podrá siempre y en todo momento contraer, suscribir y celebrar todas aquellas obligaciones, contratos o acuerdos que sean directa o indirectamente convenientes o necesarios para el íntegro, adecuado y oportuno cumplimiento de su
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Cuarta Notaría de Santiago, con Oficio en calle Luis Thayer Ojeda número trescientos cincuenta y nueve, comuna de Providencia, Santiago, certifica que: Por escritura pública de fecha 19 de enero del año 2024, bajo el repertorio número 1.215-2024, ante mí suplente Isabel Peña Lezaeta, se constituyó una sociedad por acciones, de cuyos estatutos se extracta: Nombre: Pagos Chile SpA. Accionista: Mauricio Hernán Eriza Cruz. Objeto: La sociedad tendrá por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, las siguientes actividades: El objeto de la sociedad será: A) La venta, importación, distribución, comercialización y exportación de todo tipo de bienes muebles o servicios; B) La prestación de servicios de recaudación o comisión, ya sea por cuenta propia o de terceros; C) La prestación de todas las operaciones y servicios destinados a ayudar a la explotación o dirección de una empresa comercial, o a la ayuda en la dirección de negocios o funciones comerciales de una empresa industrial o comercial, realizados en forma escrita, vía telefónica, electrónica, digital o en cualquier otra; D) Efectuar toda clase de inversiones en bienes muebles e inmuebles con fines rentísticos de largo plazo, corporales e incorporales, incluyendo la formación y la participación en otras personas jurídicas y sociedades de cualquier tipo y objeto, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos o rentas; E) La prestación de soluciones digitales y asesorías económicas, financieras, comerciales y contables, de administración comercial, marketing, como también asesoría en los demás rubros de este objeto social; F) El desarrollo, comercialización y licenciamiento de software, bases de datos, de suministros computacionales y soluciones digitales en general; G) La prestación de todo tipo de asesorías digitales, técnicas y profesionales en el área computacional, sistemas, soportes, estudios y venta a cualquier persona natural o jurídica, pública o privada; H) La venta de medios de pago electrónicos y el procesamiento de datos y pagos de toda clase de bienes y servicios realizados electrónicamente; I) Las prestaciones de servicios de cobranza, recaudación, pago y comercio electrónico, de suscripciones digitales, de publicidad y promoción de medios electrónicos; J) La prestación de servicios de remesas internacionales y transferencias de dinero, en Chile y en el extranjero, tanto para personas naturales como personas jurídicas, ya sean nacionales o extranjeras; K) La recaudación de dinero y posterior pago del mismo, en Chile y en el extranjero, tanto para personas naturales como personas jurídicas, ya sean nacionales o extranjeras; y L) Cualquier otra actividad permitida por la legislación chilena que la o los accionistas pudieran acordar en el futuro. Para tales objetos, la sociedad, entre otros actos, podrá siempre y en todo momento contraer, suscribir y celebrar todas aquellas obligaciones, contratos o acuerdos que sean directa o indirectamente convenientes o necesarios para el íntegro, adecuado y oportuno cumplimiento de su objeto social. Capital: El capital de la sociedad es de la cantidad de 1.000.000 de pesos, dividido en 1.000.000 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor, sin valor nominal y de una misma serie, que se suscriben y se pagan íntegramente, de la siguiente forma: don Mauricio Hernán Eriza Cruz, suscribe 1.000.000 de acciones, equivalentes al cien por ciento del capital social, por un monto de 1.000.000 pesos, que paga en este acto, en dinero efectivo.. Las acciones así suscritas serán pagadas dentro del plazo de cinco años a contar de esta fecha.. Santiago, 24 de enero del año 2023. Eduardo Diez Morello. Notario Público.