Instrumento
- Fecha
- 21 de diciembre de 2023
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
El objeto de la Sociedad es, ya sea actuando directamente o por intermedio de terceros: a) la inversión por cuenta propia o ajena en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, y, en general, en toda clase de valores mobiliarios, efectos de comercio, pagarés, acciones y derechos sociales, cualquiera sea su naturaleza, ya sea para fines de inversión y)o renta, para lo cual la Sociedad podrá adquirir y enajenar, explotar, administrar y percibir sus frutos a cualquier título; b) la inversión, compra, venta, adquisición y enajenación con fines rentísticos sobre toda clase de bienes y derechos inmobiliarios sean corporales o incorporales, presentes o futuros; c) la explotación, directamente o por terceros, en cualquier forma de toda clase de bienes inmuebles o muebles, corporales o incorporales; d) la inversión, participación y administración de toda clase de sociedades, joint ventures, asociaciones, consorcios y otras entidades afines; e) la prestación de asesorías y consultorías técnicas o profesionales en la administración, gestión y desarrollo de negocios inmobiliarios con fines habitacionales, comerciales, industriales u otros relacionados con el giro inmobiliario; f) la prestación de asesorías y consultorías técnicas o profesionales en materias comerciales, económicas, contables, financieras, de organización y)o administración de empresas; y g) en general, realizar cualesquiera otras actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la Sociedad y la realización de todos los actos o contratos necesarios para los fines anteriores
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número 65, Piso 2, comuna de Providencia, certifico: que por escritura pública de fecha 21 de diciembre de 2023, otorgada ante mí, bajo repertorio número 34.681/2023, don Anthony Mlynarz Zylberberg y doña Joyce Bermann Awnetwant constituyeron una sociedad por acciones, de cuyos estatutos se extracta: Nombre: INVERSIONES MOLINERO DE PLATA USA SpA (en adelante la “Sociedad”). Objeto: El objeto de la Sociedad es, ya sea actuando directamente o por intermedio de terceros: a) la inversión por cuenta propia o ajena en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, y, en general, en toda clase de valores mobiliarios, efectos de comercio, pagarés, acciones y derechos sociales, cualquiera sea su naturaleza, ya sea para fines de inversión y/o renta, para lo cual la Sociedad podrá adquirir y enajenar, explotar, administrar y percibir sus frutos a cualquier título; b) la inversión, compra, venta, adquisición y enajenación con fines rentísticos sobre toda clase de bienes y derechos inmobiliarios sean corporales o incorporales, presentes o futuros; c) la explotación, directamente o por terceros, en cualquier forma de toda clase de bienes inmuebles o muebles, corporales o incorporales; d) la inversión, participación y administración de toda clase de sociedades, joint ventures, asociaciones, consorcios y otras entidades afines; e) la prestación de asesorías y consultorías técnicas o profesionales en la administración, gestión y desarrollo de negocios inmobiliarios con fines habitacionales, comerciales, industriales u otros relacionados con el giro inmobiliario; f) la prestación de asesorías y consultorías técnicas o profesionales en materias comerciales, económicas, contables, financieras, de organización y/o administración de empresas; y g) en general, realizar cualesquiera otras actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la Sociedad y la realización de todos los actos o contratos necesarios para los fines anteriores. Capital: El capital social asciende a la cantidad de 1.000 dólares de los Estados Unidos de América, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de única serie y sin valor nominal, el que se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó portador de este extracto para su legalización. Santiago, 23 de enero de 2024.