INMOBILIARIA PIRZADA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 31 de mayo de 2023
- Notario
- DAVID ANTONIO TORO IGLESIAS
- Domicilio
- Titular
Sociedad
- Capital
- $100.000.000 CLP
Personas y entidades (3)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Don MUHAMMAD YOUSUF PIRZADA | socio | 14726000-0 | — | — | |
| Don MUHAMMAD WIRASIF PIRZADA SAEED | socio | 20503920-1 | — | — | |
| Doña ERUM SAEED | socio | 14726618-9 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalDAVID ANTONIO TORO IGLESIAS, Notario Público, Suplente de Titular, ANDRES CUEVAS OSSANDON, Luis Uribe 330, Iquique, Certifico: Por escritura fecha 31/05/2023, ante Notario Titular, Don MUHAMMAD YOUSUF PIRZADA, chileno, empresario, soltero, Cédula Nacional de Identidad Nº 14.726.000-0; Don MUHAMMAD WIRASIF PIRZADA SAEED, chileno, empresario, soltero, Cédula Nacional de Identidad Nº 20.503.920-1 y; Doña ERUM SAEED, chilena, empresaria, casada, Cédula Nacional de Identidad número 14.726.618-9, todos domiciliados para estos efectos en Chipana número dos mil cuarenta y uno, departamento sesenta y uno, Comuna de Iquique; los comparecientes mayores de edad, quienes acreditan su identidad personal con las cédulas citadas y exponen: Con esta fecha los comparecientes constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, cuyo nombre o razón social será INMOBILIARIA PIRZADA LIMITADA, pudiendo actuar igualmente ante terceros, indistintamente, con el nombre de fantasía PIRZADA LTDA.-, cuyo capital social de la sociedad asciende a la suma de $100.000.000.- (cien millones de pesos), que los socios aportarán y enterarán de la siguiente forma: Uno) El socio don MUHAMMAD YOUSUF PIRZADA, y el socio Don MUHAMMAD WIRASIF PIRZADA SAEED, aportan y enteran la suma de $96.000.000.- (noventa y seis millones de pesos), mediante el aporte en dominio, en partes iguales del Departamento número sesenta y uno del sexto piso, y la bodega número quince, ambos del EDIFICIO CHIPANA, ubicado en Avenida Playa Chipana Número dos mil cuarenta y uno, Sector Sur de la Comuna de Iquique y, el socio doña ERUM SAEED, aporta y entera la suma de $4.000.000.- (cuatro millones de pesos), en dicho acto, de contado y en dinero efectivo, los que ingresan directamente a caja social.- De la manera indicada son únicos socios de la sociedad don MUHAMMAD YOUSUF PIRZADA, con una participación en el haber social, ascendente al 48 %; Don Don MUHAMMAD WIRASIF PIRZADA SAEED, con una participación en el haber social, ascendente al 48 %, y doña ERUM SAEED, con una participación en el haber social, ascendente al 4% respectivamente. El objeto de la sociedad será: Uno.- La compra, venta, arrendamiento y en general la explotación, por cuenta propia o ajena, a cualquier titulo, de todo tipo de bienes corporales muebles o inmuebles.- Dos.- La importación, exportación, comercialización y distribución de todo tipo de bienes corporales muebles, en especial, maquinarias o elementos propios de la construcción, etcétera.- Tres.- La representación, nacional y extranjera, de cualquier clase de artículos, mercaderías, productos, equipos, materias primas y en general de toda clase de bienes muebles, así como todo tipo de accesorios e insumos.- Cuatro.- Todo ello, bajo régimen general aduanero o especial de Zonas Francas.- Quinto.- En general toda actividad que los socios acuerden realizar, por cuenta propia o ajena, incluido servicios.- La administración y el uso de la razón social corresponderá en forma separada e indistinta a los socios don MUHAMMAD YOUSUF PIRZADA y a doña ERUM SAEED, quienes anteponiendo la razón social a sus respectivas firmas, representarán en la forma referida, a la sociedad, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo y sin que la enumeración sea taxativa o limitativa en modo alguno actuar con las facultades señaladas en la escritura extractada.- Las utilidades o pérdidas del ejercicio se repartirán entre los socios a prorrata de sus respectivos aportes.- Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia de sus respectivos aportes.- La sociedad empezará a regir a partir de esta fecha y tendrá una duración de cinco años, prorrogables, en forma automática y sucesiva por periodos iguales, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle termino a lo menos con sesenta días de anticipación a la fecha de renovación del periodo de vigencia, mediante escritura pública que se deberá anotar al margen de la inscripción del pacto social, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces.- El domicilio de la sociedad será la ciudad de IQUIQUE, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se establezcan dentro o fuera del territorio nacional.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Iquique, 24 enero 2024.