MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

ESPECIALIDADES MEDICAS DEL MAULE SpA

RUT 78146560-7 CVE 2445596
Fecha instrumento
24 de enero de 2024
Notaría
Titular

Instrumento

Fecha
24 de enero de 2024
Repertorio
36-2024
Notario
RODRIGO BIEL MELGAREJO
Domicilio
Talca
Comuna
Titular

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO BIEL MELGAREJO, Notario Público de Talca, Suplente de la Titular ANGELITA HORMAZABAL ALEGRIA, oficio 1 sur 925 local 1, certifica: Por Escritura Publica de fecha 08 de enero del 2024 Repertorio Nº 36-2024 ante la Notaria Titular; XIMENA DEL CARMEN AGURTO VARGAS y RAFAEL EDUARDO GRACIA SOTO, Ambos con domicilio en Cinco y media poniente B número mil novecientos veinte, Los jardines de Talca, comuna y ciudad Talca, Región del Maule, en representación de ESPECIALIDADES MEDICAS DEL MAULE SpA; Rol cuyo nombre de fantasía es "EMED LTDA", Rol Único Tributario número (78.146.560-7) setenta y ocho millones ciento cuarenta y seis mil quinientos sesenta guion siete con domicilio en la ciudad de Talca, Región del Maule, Modificaron Sociedad por Acciones.- ESPECIALIDADES MEDICAS DEL MAULE SpA, con nombre de fantasía “EMED SpA”.- Modificaron, uno) Compra y venta de Acciones por parte de don RAFAEL EDUARDO GRACIA SOTO, el vendedor, titular de cincuenta acciones de la referida sociedad, vendió, cedió y transfirió veinticinco acciones de una única serie y sin valor nominal a don RAFAEL ALEJANDRO GRACIA AGURTO representado en este acto por PAOLA ANDREA MODRON SOTO, y a su vez también, vendió, cedió y transfirió veinticinco acciones de una única serie y sin valor nominal a don GABRIEL EDUARDO GRACIA AGURTO, representado en este acto por PAOLA ANDREA MODRON SOTO, ambos compradores, ya individualizados, quienes compran, aceptan y adquieren para sí, en la suma total de (21.559.920) veintiún millones quinientos cincuenta y nueve mil novecientos veinte pesos, cada uno, cuyo precio será pagado íntegramente y al contado en el mes de febrero del año 2024.Dos) Actuales socios y su participación transitoria en el capital social, son; doña XIMENA DEL CARMEN AGURTO VARGAS siendo titular de cincuenta acciones íntegramente suscritas y pagadas, don RAFAEL ALEJANDRO GRACIA AGURTO, siendo titular de veinticinco acciones, íntegramente suscritas y pagadas en fecha establecía, y Don GABRIEL EDUARDO GRACIA AGURTO siendo titular de veinticinco acciones, íntegramente suscritas y pagadas en fecha establecida. Tres) Modificación de estatutos sociales : Uno) Se modifica el texto del Artículo DÉCIMO de los estatutos sociales, relativo a la forma de administración de la sociedad, la cual será representada y administrada por doña XIMENA DEL CARMEN AGURTO VARGAS, quien podrá actuar separada e indistintamente en nombre de la sociedad y la representará. Dos) Se modifica el texto del titulo segundo artículo quinto, relativo a la forma en que se entera el capital social, el cual queda en definitiva como se indica a continuación “El capital social, según se establece en el ARTÍCULO QUINTO del presente estatuto, es de OCHENTA Y SEIS MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y UN PESOS, dividido en cien acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, se suscriben y pagan como se indican a continuación: a) XIMENA DEL CARMEN AGURTO VARGAS, ha suscrito y pagado la cantidad de cincuenta acciones, equivalente a la suma de cuarenta y tres millones ciento diecinueve mil ochocientos cuarenta coma cinco pesos. B) RAFAEL ALEJANDRO GRACIA AGURTO, suscribe en este acto veintiún millones quinientos cincuenta y nueve mil novecientos veintidós coma cinco pesos, equivalente a veinticinco acciones, suma que paga íntegramente e ingresa a las arcas sociales en este acto. C) don GABRIEL EDUARDO GRACIA AGURTO , suscribe en este acto veintiún millones quinientos cincuenta y nueve mil novecientos veintidós coma cinco pesos, equivalente a veinticinco acciones, suma que paga íntegramente e ingresa a las arcas sociales en este acto. De esta manera, queda íntegramente suscrito el capital social.”.Cuarto: En lo demás no modificado por el presente instrumento, subsiste plenamente el estatuto social original. Quinto: Para todos los efectos legales, las partes constituyen su domicilio en la ciudad de Talca. Demás estipulaciones en la escritura extractada.- Talca 24 de enero 2024.