ALMA CHILE CONSULTORA SpA
Instrumento
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Duración
- Hasta el 31 de diciembre del 2050, plazo renovable sucesiva y tácitamente por período de 5 años, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la Sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo mediante escritura pública anotada al margen del respectivo vencimiento. El capital social es la cantidad de $2.000.000.-, que los socios han aportado y pagado en dinero efectivo, con anterioridad, y del modo siguiente: a) Doña Evelyn Arévalo Piñeda], la cantidad de $1.999.000, equivalentes a un 99,9% del interés social; y b) Doña Valentina Mir Bennett, la cantidad de $1.000.- equivalentes a un 0,1 % del interés social.-. De esta forma, el capital social ha quedado íntegramente aportado y pagado. Socios limitan responsabilidad monto respectivos
Objeto social
a) La consultoría y prestación de asesoría profesional, incluyendo servicios profesionales de asesoría legal o judicial, como por ejemplo la representación legal judicial de terceros, así como también prestar servicios profesionales personales en el área de capacitación en todas aquellas materias y ramas del derecho; La prestación de servicios personales profesionales en cualquier área de la salud humana; c) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y)o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y)o administración tendientes al desarrollo de los puntos anteriores y que permitan la prestación de dichos servicios; d) Celebrar todo acto o contrato, así como compraventa de bienes mueves e inmuebles, que directa o indirectamente conduzcan al desarrollo del objeto de la sociedad; e) realizar cualquier otra actividad que acuerden los socios para el desarrollo del objeto social; f) En general la sociedad podrá ejercer cualquier otro negocio como también, celebrar todo tipo de actos y contratos tendientes al cumplimiento del giro social señalado precedentemente, como realizar cualquier actividad que sea a fin o relacionada, directa o indirectamente con a los objetos antes mencionados, por sí o en representación de personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, y asumir la representación legal y comercial de personas naturales y)o jurídicas, chilenas o extranjeras en Chile. Sin perjuicio de lo anterior, la sociedad podrá desarrollar cualquier otra actividad que los socios acuerden, sean o no relacionadas con los objetos descritos. Administración y uso
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVERONICA TORREALBA COSTABAL, Notario Suplente del Titular de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago, IVAN TORREALBA ACEVEDO, con oficio en Huérfanos numero 979, oficina número 501, Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 28 de Diciembre del 2023, ante el Titular de esta Notaría don Iván Torrealba Acevedo, con esta fecha, comparecieron ante mi doña Evelyn Eugenia Arévalo Piñeda y doña Valentina Mir Bennett, únicas y actuales accionistas de la sociedad, ambas domiciliadas en Coronel Pereira 62, oficina 1201, Las Condes, quienes acordaron transformar la sociedad por acciones «Alma Chile Consultora SpA» en una sociedad de responsabilidad limitada cuyos estatutos a continuación se extractan. Razón Social: ALMA CHILE CONSULTORA LIMITADA. Objeto: a) La consultoría y prestación de asesoría profesional, incluyendo servicios profesionales de asesoría legal o judicial, como por ejemplo la representación legal judicial de terceros, así como también prestar servicios profesionales personales en el área de capacitación en todas aquellas materias y ramas del derecho; La prestación de servicios personales profesionales en cualquier área de la salud humana; c) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración tendientes al desarrollo de los puntos anteriores y que permitan la prestación de dichos servicios; d) Celebrar todo acto o contrato, así como compraventa de bienes mueves e inmuebles, que directa o indirectamente conduzcan al desarrollo del objeto de la sociedad; e) realizar cualquier otra actividad que acuerden los socios para el desarrollo del objeto social; f) En general la sociedad podrá ejercer cualquier otro negocio como también, celebrar todo tipo de actos y contratos tendientes al cumplimiento del giro social señalado precedentemente, como realizar cualquier actividad que sea a fin o relacionada, directa o indirectamente con a los objetos antes mencionados, por sí o en representación de personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, y asumir la representación legal y comercial de personas naturales y/o jurídicas, chilenas o extranjeras en Chile. Sin perjuicio de lo anterior, la sociedad podrá desarrollar cualquier otra actividad que los socios acuerden, sean o no relacionadas con los objetos descritos. Administración y uso Razón Social: Corresponde a Evelyn Arévalo Piñeda con las más amplias facultades y sin limitación. Duración: Hasta el 31 de diciembre del 2050, plazo renovable sucesiva y tácitamente por período de 5 años, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la Sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo mediante escritura pública anotada al margen del respectivo vencimiento. El capital social es la cantidad de $2.000.000.-, que los socios han aportado y pagado en dinero efectivo, con anterioridad, y del modo siguiente: a) Doña Evelyn Arévalo Piñeda], la cantidad de $1.999.000, equivalentes a un 99,9% del interés social; y b) Doña Valentina Mir Bennett, la cantidad de $1.000.- equivalentes a un 0,1 % del interés social.-. De esta forma, el capital social ha quedado íntegramente aportado y pagado. Socios limitan responsabilidad monto respectivos aportes. Sociedad inscrita a fs. N° 49.298 número 26.830 del Registro de Comercio de Santiago año 2017. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 17 de Enero del 2024.