Servicios Especializados Comercio Internacional Limitada
Instrumento
- Fecha
- 28 de diciembre de 2023
- Repertorio
- 10816/2023
- Notario
- MYRIAM AMIGO ARANCIBIA
- Oficio
- 21ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Abogado, Notario Público Titular, 21ª Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos Nº 578, Santiago, certifica, que, por escritura pública de fecha 28 de diciembre de 2023, Repertorio N° 10.816/2023, ante mí, don HÉCTOR ERNESTO BRICEÑO MUÑOZ, chileno, divorciado, ingeniero civil, cédula de identidad N°8.302.896-3, por si en su calidad de socio y heredero de don Héctor Ramiro Briceño Pérez, y en representación de doña VIOLETA OLIVIA MUÑOZ LEBEL, chilena, viuda, dueña de casa, cédula nacional de identidad N°2.874.612-1, en su calidad de cónyuge y heredera de don Héctor Ramiro Briceño Pérez y heredera de doña Lily Eugenia Briceño Muñoz; domiciliado en Av. Padre Alberto hurtado N°3.075, departamento A, Villa Universidad Católica, comuna de Macul, Región Metropolitana; modificaron la sociedad “SERVICIOS ESPECIALIZADOS COMERCIO INTERNACIONAL LIMITADA”, o también conocida como “SER-ES LTDA.”, RUT N°89.572.600-1, constituida a través de escritura pública de fecha 01 de julio del año 1983, otorgada en la Notaría de Valparaíso de don Atilio Ramírez Alvarado. El extracto se inscribió a fojas 1.011vuelta N°598, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso, correspondiente al año 1983; y se publicó en el Diario Oficial de día 12 de julio del año 1983. En primer lugar, y en atención al fallecimiento de algunos de los socios constituyentes, se declara que los actuales y únicos socios de “SER-ES LTDA.”, son don Héctor Ernesto Briceño Muñoz con un 43% de los derechos sociales y doña Violeta Olivia Muñoz Lebel con un 57% de los derechos sociales. En consecuencia, se modifica la cláusula cuarta de los estatutos de la sociedad, relativa al capital social, reemplazándose por la siguiente: “CUARTO: El capital social es de la suma de quinientos mil pesos, cantidad que los socios enteran y pagan de la siguiente forma y proporción: a) don HÉCTOR ERNESTO BRICEÑO MUÑOZ, aporta un cuarenta y tres por ciento del capital social, esto es, la suma de doscientos quince mil pesos que ingresan a la caja social de contado y en dinero en efectivo; y, b) doña VIOLETA OLIVIA MUÑOZ LEBEL, aporta un cincuenta y siete por ciento del capital social, esto es, la suma de doscientos ochenta y cinco mil pesos que ingresan a la caja social de contado y en dinero en efectivo.- Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes.”. Por último, modifican la cláusula tercera de los estatutos de la sociedad, de modo que la representación legal de la sociedad, el uso de la razón social y la administración de los negocios sociales corresponderá, exclusivamente a HÉCTOR ERNESTO BRICEÑO MUÑOZ, quien actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos. Detalle de las facultades contenido en la escritura. En todo lo no modificado continúan plenamente vigentes las demás estipulaciones del pacto social en cuanto sean compatibles con las presentes modificaciones, y siendo la escritura complemento de los estatutos respecto a cualquier punto en que fuere necesario. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 04 de enero de 2024.