DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA POMAR Y ARAVENA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 3 de enero de 2024
- Repertorio
- 201
- Notario
- PABLO MARTINEZ LOAIZA
- Oficio
- Primera Notaría de La Reina
- Comuna
- La Reina
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO MARTINEZ LOAIZA, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales N° 5.841, comuna de La Reina, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 3 de del año 2024, repertorio N° 201, otorgada ante mí, PEDRO RICARDO POMAR RODRIGUEZ, chileno, casado, Técnico en Comercio Exterior, cédula de identidad N° 12.655.772-8, domiciliado en La Colonia, Parcela veinte, Catemu, y de paso en ésta; PABLO MAURICIO AGUILERA HELENA, chileno, casado, Profesor, cédula de identidad N° 6.102.231-7; domiciliado en Santiago, José Tomás Rider N° 970, comuna de Providencia, Región Metropolitana; doña MARGARITA DE LAS NIEVES ARAVENA VERGARA, chilena, casada, Profesora, cédula de identidad N° 5.863.032-2, domiciliada en Santiago, José Tomás Rider N° 970, comuna de Providencia, Región Metropolitana, vienen en modificar la sociedad “DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA POMAR Y ARAVENA LIMITADA ” y con nombre de fantasía "VINOS DOS SANTOS LTDA.", del giro de su denominación, Rol Unico Tributario N° 77.255.463-K, la que Fue constituida por escritura de fecha 13 de Octubre del 2020, repertorio N° 19488, otorgada ante don Alejandro Américo Álvarez Barrera, Notario Público de la Cuadragésima Notaria de Santiago; su extracto fue inscrito a fojas 20, número 15, del año 2020, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, y fue publicada en el Diario Oficial N° 42.786, del 22 de Octubre del 2020, en el siguiente sentido: UNO) Se retira de la sociedad la socia doña MARGARITA DE LAS NIEVES ARAVENA VERGARA, dueña del 50% de los derechos sociales, y vende cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales al nuevo socio que se incorpora don PABLO MAURICIO AGUILERA HELENA, ya individualizado, quien compra, adquiere y acepta para si la totalidad de los derechos antes referidos en la suma de $500.000., que el cesionario paga en este acto, al contado, en dinero efectivo y que la cedente declara recibir a su entera satisfacción. DOS) En virtud de las sesiones precedentequedan como únicos socios don PEDRO RICARDO POMAR RODRIGUEZ, dueño del cincuenta por ciento, de los derechos y capital social; y don PABLO MAURICIO AGUILERA HELENA, dueño del otro 50% de los derechos y capital social.- QUINTO: Por este instrumento, los comparecientes don PEDRO RICARDO POMAR RODRIGUEZ, y don PABLO MAURICIO AGUILERA HELENA, ya individualizados, en su calidad de únicos y actuales socios de la sociedad citada a contar de esta fecha, vienen en modificar los estatutos de la sociedad en el siguiente sentido: Uno) Modifican la cláusula relativa a la administración social en el sentido que por medio de esta escritura y a contar de esta fecha La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a ambos socios PEDRO RICARDO POMAR RODRIGUEZ y PABLO MAURICIO AGUILERA HELENA, quienes actuarán por la sociedad en forma separada e indistintamente, y anteponiendo a su firma la razón social, la administrarán y representarán con las más amplias facultades de administración y disposición de los bienes sociales, confiriéndoseles, en el desempeño de sus funciones, todas las facultades que se señalan en las cláusulas correspondientes del pacto social primitivo y sus modificaciones posteriores vigentes, las que se entienden por enteramente reproducidas. Dos) Modifican el nombre y razón social que se llamaba “DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA POMAR Y ARAVENA LIMITADA ” a contar de esta fecha se denominará “DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA POMAR Y AGUILERA LIMITADA”, modifican el nombre de fantasía de "VINOS DOS SANTOS LTDA.", el que quedara a contar de esta fecha como ”VINOS Y QUESOS DOS SANTOS LTDA.”.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 03 de Enero del año 2024.-