SOCIEDAD COMERCIAL E INDUSTRIAL ORTIZ Y SANCHEZ LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 19 de enero de 2024
- Repertorio
- 621-24
- Notario
- ESMIRNA VIDAL MORAGA
- Domicilio
- Agrupación de Comunas de Temuco
Sociedad
- Capital
- $60.000.000 CLP
- Domicilio
- Su domicilio será la ciudad de Temuco
- Duración
- La sociedad durará cinco años, contados desde la fecha de la escritura, y se entenderá prorrogada automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante escritura pública
Objeto social
Será la función de prestar servicios dedicados a la elaboración de productos de panadería y pastelería, elaboración de otros productos alimenticios, suministro industrial de comidas por encargo concesión de servicios de alimentación, venta al por menor de alimentos en comercios especializados (almacenes pequeños y minimarket), venta al por menor de alimentos en comercios especializados de huevos, confites y rotizeria, venta al por menor de alimentos en comercios especializados de panadería y pastelería, venta al por menor de alimentos en comercios especializados de heladería y cafetería, y toda otra actividad relacionada con lo anterior que los socios acuerden. ADMINISTRACIÓN Y USO
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalESMIRNA VIDAL MORAGA, Abogado, Notario Público de la Agrupación de Comunas de Temuco, Padre Las Casas, Melipeuco, Cunco, Vilcún y Freire, con domicilio en Antonio Varas 979 Temuco, Certifico: que por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 19 de Enero del año 2024, anotada bajo el repertorio N°621-24, CECILIA DEBORA ORTIZ MARTINEZ, domiciliada en Avenida Las Encinas N°1655 ciudad y comuna de Temuco; y PATRICIO EDUARDO SANCHEZ CASTRO, domiciliado en Loma Verde N°2561, Villa Lomas de Mirasur, ciudad y comuna de Temuco, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. RAZON SOCIAL: SOCIEDAD COMERCIAL E INDUSTRIAL ORTIZ Y SANCHEZ LIMITADA, nombre de fantasía “DE TRIGO CAFÉ Y PANADERIA LTDA”. DOMICILIO: Su domicilio será la ciudad de Temuco sin perjuicio de que puedan establecerse sucursales en otras ciudades del país. OBJETO: Será la función de prestar servicios dedicados a la elaboración de productos de panadería y pastelería, elaboración de otros productos alimenticios, suministro industrial de comidas por encargo concesión de servicios de alimentación, venta al por menor de alimentos en comercios especializados (almacenes pequeños y minimarket), venta al por menor de alimentos en comercios especializados de huevos, confites y rotizeria, venta al por menor de alimentos en comercios especializados de panadería y pastelería, venta al por menor de alimentos en comercios especializados de heladería y cafetería, y toda otra actividad relacionada con lo anterior que los socios acuerden. ADMINISTRACIÓN Y USO RAZON SOCIAL: Correspondera indistintamente a ambos socios tanto a doña CECILIA DEBORA ORTIZ MARTINEZ y a don PATRICIO EDUARDO SANCHEZ CASTRO. CAPITAL: $60.000.000.- aportado por los socios de la siguiente manera: Uno.- La socia CECILIA DEBORA ORTIZ MARTINEZ aporta en dinero efectivo la suma $30.000.000, correspondiente al cincuenta por ciento del capital social. Dos.- El socio PATRICIO EDUARDO SANCHEZ CASTRO aporta en dinero efectivo la suma de $30.000.000, correspondiente al cincuenta por ciento del capital social. Socios responderán al monto de sus aportes. DURACION: La sociedad durará cinco años, contados desde la fecha de la escritura, y se entenderá prorrogada automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante escritura pública. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 22 de Enero de 2024