DEL RIO IZQUIERDO ABOGADOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 3 de enero de 2024
- Repertorio
- 82-2024
- Notario
- MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ
- Oficio
- 7ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Notario Público 7ª Notaría Santiago, con oficio en calle Agustinas 1161, entrepiso, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 03 de enero del año 2024, Repertorio Nº 82-2024, otorgada ante mí, IZQUIERDO IDALSOAGA ABOGADOS LIMITADA, representada por don Juan Eduardo Izquierdo Bacarreza; BAÑADOS Y CIA. ABOGADOS LIMITADA, representada por don Francisco Andrés Bañados Geywitz; AGUAD Y CIA. ABOGADOS LIMITADA, representada por doña Maria Alejandra Aguad Deik; y MEZA Y COMPAÑÍA ABOGADOS LIMITADA, representada por don Jose Joaquín Meza Maggi; todos domiciliados, para estos efectos, en calle Rosario Norte 615, oficina 2004, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; modificaron la sociedad DEL RIO IZQUIERDO ABOGADOS LIMITADA, Rol Único Tributario número 77.044.480-2, inscrita a fojas 22.842 número 18.400 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1997, (la “Sociedad”) en el siguiente sentido: Uno) Cesiones de derechos: (i) Izquierdo Idalsoaga Abogados Limitada vende, cede y transfiere a Meza y Compañía Abogados Limitada, quien compra, acepta y adquiere para sí, derechos equivalentes al 3,4444% del total del capital social; (ii) Bañados y Cía. Abogados Limitada, vende, cede y transfiere a Meza y Compañía Abogados Limitada, quien compra, acepta y adquiere para sí, derechos equivalentes al 3,4444% del total del capital social; y (iii) Aguad y Cía. Abogados Limitada, vende, cede y transfiere a Meza y Compañía Abogados Limitada, quien compra, acepta y adquiere para sí, derechos equivalentes al 3,1112% del total del capital social. A consecuencia de las cesiones, Meza y Compañía Abogados Limitada ingresa como socio de la Sociedad y se reemplaza el artículo QUINTO de los estatutos sociales por uno del siguiente tenor: “QUINTO. Capital. El capital de la sociedad es la cantidad de dos millones setecientos mil pesos, que se aporta y entera por los socios en la siguiente forma: a) Izquierdo Idalsoaga Abogados Limitada, aporta la suma de ochocientos noventa y un mil un pesos en dinero efectivo ya ingresado a la caja social, correspondiente al treinta y tres por ciento del capital social; b) Bañados y Cía. Abogados Limitada, aporta la suma de ochocientos noventa y un mil un pesos en dinero efectivo ya ingresado a la caja social, correspondiente al treinta y tres por ciento del capital social; c) Aguad y Cía. Abogados Limitada, aporta la suma de seiscientos cuarenta y siete mil novecientos noventa y ocho pesos en dinero efectivo ya ingresado a la caja social, correspondiente al veinticuatro por ciento del capital social; y d) Meza y Compañía Abogados Limitada, aporta la suma de doscientos setenta mil pesos en dinero efectivo ya ingresado a la caja social, correspondiente al diez por ciento del capital social”; y Dos) Cambiar su razón social a “AGUAD BAÑADOS IZQUIERDO ABOGADOS LIMITADA”, pudiendo actuar jurídicamente y en forma indistinta con el nombre de fantasía “ABI Abogados Ltda.”, incluso ante bancos e instituciones financieras. En todo lo no modificado siguen vigentes estipulaciones del pacto social, en especial a que los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás disposiciones en escritura extractada. Se facultó al portador del presente extracto para su legalización. Santiago, 17 de enero del año 2024.