MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

TRX CHILE INVERSIONES LIMITADA

RUT 76701802-9 CVE 2441618

Instrumento

Repertorio
179/2024
Notario
IVAN ANDRES TOLEDO MORA
Domicilio
titular PABLO VALENZUELA PEREZ

Sociedad

Ley aplicable
ley N° 19.499

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IVAN ANDRES TOLEDO MORA, notario público suplente del titular PABLO VALENZUELA PEREZ, abogado, notario público de la tercera notaría de Punta Arenas, con oficio en calle Lautaro Navarro número mil cuarenta y ocho, de esta ciudad, Certifico: que por escritura pública de fecha quince de enero de dos mil veinticuatro, repertorio N° 179/2024, ante mí, Comparece don PEDRO VENEGAS VILLAVICENCIO, abogado en representación de don PABLO DANIEL BERARDI, y don DANIEL FELDMAN, socios de la SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA TRX CHILE INVERSIONES LIMITADA o TRX TOURS & RENTALS LTDA, constituida mediante escritura pública de fecha veintitrés de agosto del año dos mil veintitrés, otorgada en la tercera notaría de la ciudad de Punta Arenas, bajo el repertorio número dos mil setecientos setenta y uno del año dos mil veintitrés, que rola inscrita a fojas trescientos noventa número ciento ochenta y tres del registro de comercio del año dos mil veintitrés del conservador de bienes raíces de Punta Arenas, cuyo extracto se publicó en el diario oficial con fecha dos de septiembre del año dos mil veintitrés, viene en corregir y sanear el vicio formal de la sociedad conforme lo establece la ley N° 19.499, respecto del extracto de constitución de la sociedad, toda vez que dicho extracto no contenía plazo de duración de la sociedad, ni la cláusula de administración, omisión que acarrea un vicio que debía ser saneado. Que, además de manera posterior se redactó nuevamente un extracto donde se especificaban las materias faltantes el cual fue publicado en el diario oficial con fecha veintitrés de noviembre del año dos mil veintitrés, sin embargo, por este acto se deja sin efecto dicha publicación. Que, en virtud de lo anterior el compareciente viene en corregir y sanear el vicio indicado, ratificando en este acto las voluntades contenidas en en la escritura pública de fecha veintitrés de agosto del año dos mil veintitrés, otorgada en la tercera notaría de la ciudad de Punta Arenas de don Pablo Valenzuela Pérez, bajo el repertorio número dos mil setecientos setenta y uno del año dos mil veintitrés, y obligándose además a inscribir y publicar el extracto de la escritura que se otorga en este acto dentro de plazo legal, del cual se tomará nota al margen de la escritura singularizada en la cláusula primera, saneándose de esa forma el vicio en el cual se incurrió al no haber redactado nunca escritura pública que dé cuenta del vicio, respecto del extracto de la sociedad; en virtud de lo anterior viene en este acto y por el presente instrumento, en sanear los vicios formales en que se incurrió en el extracto de constitución de la sociedad publicado en el Diario Oficial señalado precedentemente con el objeto de publicar el extracto e inscribir en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Punta Arenas, agregando en el mismo las disposiciones faltantes ya señaladas. Que, el capital social es de diez millones de pesos, donde el socio don PABLO DANIEL BERARDI, aporta la suma de cinco millones de pesos y el socio don DANIEL FELDMAN quien aporta la suma de cinco millones de pesos. Punta Arenas, 18 de enero de 2024.