MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

TRANSPORTES RAMPANA SpA

RUT 76993981-4 CVE 2441723
Fecha instrumento
21 de diciembre de 2023
Notaría
Lo Barnechea

Instrumento

Fecha
21 de diciembre de 2023
Notario
Claudio Andrés Salvador Cabezas
Oficio
Primera Notaría de Lo Barnechea
Comuna
Lo Barnechea

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Claudio Andrés Salvador Cabezas, Notario Público Titular de la Primera Notaría de Lo Barnechea, con oficio en Avenida La Dehesa Número Mil Cuatrocientos Cincuenta, local Número Uno, Lo Barnechea, comuna de Lo Barnechea, certifico: Por escritura pública de fecha 21 de diciembre de 2023, Repertorio Nro. 8040-2023, ante mí: Matías Ignacio Rivero Verdugo, C.I. N°18.663.115-3, domiciliado en Salesianos N° 1290, comuna San Miguel, Santiago, y doña Marcela Edith Rivero Verdugo, C.I. N°13.762.037-5, domiciliada en calle La Rueda, pasaje 2 S/N, Constitución, región del Maule, escritura mediante la cual don Matías Ignacio Rivero Verdugo, en su calidad de único socio, modificó la sociedad denominada “TRANSPORTES RAMPANA SpA” y/o “RAMPANA SpA.”, Rut 76.993.981-4, constituida por escritura pública de fecha 11 de enero de 2019, Notaria de Lo Barnechea, Catalina Caroca Castillo, suplente de titular Claudio Salvador Cabezas, inscrita a fjs.2 vta. Nº2, Registro Comercio de Mejillones año 2019. Posteriormente se realizó modificación de sociedad, cuyo extracto fue inscrito a fjs. 17 N°8. Registro de Comercio de Mejillones año 2022. Modificaciones consisten: Matías Ignacio Rivero Verdugo, en su calidad de único socio, vende, cede y transfiere a Marcela Edith Rivero Verdugo, la totalidad de las 6.000 acciones nominativas de igual valor inicial de 1.000 pesos cada una que tiene en la sociedad “TRANSPORTES RAMPANA SpA” y/o “RAMPANA SpA.”. El precio de la cesión de acciones asciende a la suma única y total de $6.000.000.-, suma que se pagará a más tardar el día doce del mes siguiente de la fecha de esta escritura, salvo que sean domingos o feriados, caso en el cual se pagarán al día hábil inmediatamente siguiente.-En todo lo no modificado rigen las estipulaciones del pacto social constitutivo y sus modificaciones debidamente inscritas.- Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 21 de Diciembre de 2023.