Inversiones El Relincho Limitada
Instrumento
- Fecha
- 1 de diciembre de 2023
- Notario
- PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
- Oficio
- 2a Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $367.878 CLP
Administración
La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Matías Andrés Ibáñez Edmiston, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, quien podrá actuar personalmente o a través de uno o más mandatarios designados especialmente al efecto por escritura pública de la cual se tomará razón al margen de la inscripción de la Sociedad en el Registro de Comercio. La confianza de la administración y el uso de la razón social en don Matías Andrés Ibáñez Edmiston no forma parte de las condiciones esenciales del presente estatuto; por consiguiente, en el evento de la muerte, incapacidad o renuncia del administrador, la administración y el uso de su razón social pasarán ipso facto a don José Manuel Ibáñez Edmiston. En caso de fallecimiento o impedimento de ambos, la administración pasará ipso facto a los restantes socios, quienes deberán actuar en conjunto; y, C. CLÁUSULA SÉPTIMA
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Notario Público Titular de la 2a Notaría de Santiago, con domicilio en Avenida La Dehesa N°1.201, local 101, certifica: Que por escritura pública de fecha 1 de diciembre de 2023, ante mí, Matías Andrés Ibáñez Edmiston, Inversiones Matuco Limitada, y María Ignacia Matte Coll, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Kennedy Lateral número 5488, oficina 1105, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, acordaron modificar la sociedad “INVERSIONES EL RELINCHO LIMITADA”, inscrita a fojas 6.708 N°5.446 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1998, en los siguientes términos: Uno. Cesión de derechos sociales: Inversiones Matuco Limitada vende, cede y transfiere a María Ignacia Matte Coll, quien compra, acepta y adquiere para sí la totalidad de los derechos sociales de que es titular en la Sociedad, correspondiente al 0,01% de los derechos sociales. Como consecuencia de la cesión de derechos sociales antes señaladas, se retira de la Sociedad el socio Inversiones Matuco Limitada. Dos. Administración: Los únicos y actuales socios de la Sociedad acuerdan que en caso de fallecimiento, incapacidad o renuncia del administrador Matías Andrés Ibáñez Edmiston, la administración social pasará ipso facto a don José Manuel Ibáñez Edmiston y en caso de fallecimiento o impedimento de ambos, la administración pasará ipso facto a los restantes socios, quienes deberán actuar en conjunto. Tres. Modificación de estatutos: Los actuales y únicos socios de Inversiones El Relincho Limitada, acuerdan reemplazar las cláusulas 1°, 4°, y 7° por las siguientes: A. CLÁUSULA PRIMERA: Socios y razón social: Matías Andrés Ibáñez Edmiston y María Ignacia Matte Coll son socios de la sociedad de responsabilidad limitada cuya razón social es “INVERSIONES EL RELINCHO LIMITADA” y que para fines comerciales y bancarios puede usar el nombre “Relincho Ltda.”, B. CLÁUSULA CUARTA: Administración y Uso de la Razón Social: La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Matías Andrés Ibáñez Edmiston, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, quien podrá actuar personalmente o a través de uno o más mandatarios designados especialmente al efecto por escritura pública de la cual se tomará razón al margen de la inscripción de la Sociedad en el Registro de Comercio. La confianza de la administración y el uso de la razón social en don Matías Andrés Ibáñez Edmiston no forma parte de las condiciones esenciales del presente estatuto; por consiguiente, en el evento de la muerte, incapacidad o renuncia del administrador, la administración y el uso de su razón social pasarán ipso facto a don José Manuel Ibáñez Edmiston. En caso de fallecimiento o impedimento de ambos, la administración pasará ipso facto a los restantes socios, quienes deberán actuar en conjunto; y, C. CLÁUSULA SÉPTIMA. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $367.878.-, que los socios han aportado y pagado en la siguiente proporción: a) Don Matías Andrés Ibáñez Edmiston, la suma de $367.841.-, equivalente al 99,99% del total del interés social; y, b) Doña María Ignacia Matte Coll, la suma de $37.-, equivalente al 0,01% por ciento del total del interés social. El capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado en dinero efectivo a entera satisfacción de la sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 12 de enero de 2024.