MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INDUSTRIAL Y COMERCIAL ORTEGA & ESPINOZA LIMITADA

RUT 76879268-2 CVE 2441737
Fecha instrumento
10 de enero de 2024

Instrumento

Fecha
10 de enero de 2024
Notario
JORGE ELIAS TADRES HALES
Domicilio
Temuco

Objeto social

- Las comparecientes modifican la cláusula segunda del estatuto de constitución de la compañía, agregando que la sociedad, además, podrá dedicarse al giro de contratista de obras menores en construcción; servicios de terminación y acabado de edificios; y compra y venta de materiales de construcción

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura fecha cinco de Enero del año dos mil veinticuatro, ante mí, Doña MARÍA SOLEDAD ORTEGA SOTO, de nacionalidad chilena, casada y separada totalmente de bienes, comerciante, cédula nacional de identidad número diez millones seiscientos ochenta y nueve mil quinientos veintinueve guión cinco, con domicilio en el Lugar Traitraico, de la comuna de Padre Las Casas y de paso por ésta y doña JOSELINNE ALONDRA ESPINOZA ORTEGA, de nacionalidad chilena, casada y separada totalmente de bienes, enfermera, cédula nacional de identidad número diecisiete millones trescientos sesenta y cinco mil ciento nueve guion cero, con domicilio en calle Altos del Maipo, casa número cero tres mil ochocientos ochenta y cuatro, de la ciudad de Temuco, expusieron que por acto escritura ampliaron el giro u objeto de la sociedad de responsabilidad limitada denominada "INDUSTRIAL Y COMERCIAL ORTEGA & ESPINOZA LIMITADA", en la forma que más adelante se indica: Antecedentes.- Las comparecientes declaran que por escritura pública de fecha diecinueve de Abril del año dos mil dieciocho, Repertorio número tres mil cuatrocientos dieciocho, año dos mil dieciocho, otorgada ante el Notario Público de Temuco don JORGE ELÍAS TADRES HALES; doña MARÍA SOLEDAD ORTEGA SOTO y don HERNÁN ANTONIO ESPINOZA ORTÍZ, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada denominada "SOCIEDAD INDUSTRIAL Y COMERCIAL ORTEGA & ESPINOZA LIMITADA", cuyo nombre de fantasía es "COMERCIAL DECOVENTANAS LTDA.". El rol único tributario de la compañía es el número setenta y seis millones ochocientos setenta y nueve mil doscientos sesenta y ocho guión dos y su domicilio es la comuna de Padre Las Casas, sin perjuicio de las sucursales, agencias o representaciones que se establezcan en esta u otras ciudades del país. El objeto de la sociedad es la fabricación e instalación de ventanas y otros productos en aluminio, madera y pvc; fabricación de muro cortina, puertas templadas, cristales blindados, y la comercialización, al por mayor y al detalle, de todos estos productos. El extracto de constitución de la sociedad se publicó en el Diario Oficial de la República de Chile, en su edición correspondiente al número cuarenta y dos mil cuarenta y tres, de fecha veintisiete de Abril del año dos mil dieciocho; y corre inscrito a fojas veintinueve, número veinticinco del Registro de Comercio del Segundo Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año dos mil dieciocho. Posteriormente, por escritura pública de fecha tres de Octubre del año dos mil dieciocho, Repertorio número ocho mil ochenta y dos, año dos mil dieciocho, otorgada ante el Notario Público de Temuco don Jorge Elías Tadres Hales, don HERNÁN ANTONIO ESPINOZA ORTÍZ, vendió, cedió y transfirió a don VÍCTOR JOEL AEDO MILLAPÁN, la totalidad de su interés en la compañía, quien lo compró, aceptó y adquirió para si. En mérito de lo anterior, se retiró de la sociedad don HERNÁN ANTONIO ESPINOZA ORTÍZ. Al efecto, los socios MARÍA SOLEDAD ORTEGA SOTO y VÍCTOR JOEL AEDO MILLAPÁN, modificaron el nombre de la sociedad, pasando a denominarse "INDUSTRIAL Y COMERCIAL ORTEGA & AEDO LIMITADA", conservando el nombre de fantasía de “COMERCIAL DECOVENTANAS LTDA.” El extracto de la escritura pública de cesión de derechos sociales y cambio de nombre, se publicó en el Diario Oficial de la República de Chile, de fecha trece de Octubre del año dos mil dieciocho, edición correspondiente al número cuarenta y dos mil ciento ochenta; y rola inscrito a fojas setenta y tres, número cincuenta y nueve, del Registro de Comercio del Segundo Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año dos mil dieciocho. Por escritura pública de fecha veintiocho de octubre del año dos mil diecinueve, Repertorio número nueve mil trescientos sesenta y dos, año dos mil diecinueve, saneada por otra de fecha dieciocho de Febrero del año dos mil veintiuno, Repertorio número ochocientos treinta y tres, año dos mil veintiuno, ambas otorgadas ante el Notario Público de Temuco don JORGE ELÍAS TADRES HALES, el socio VÍCTOR JOEL AEDO MILLAPÁN, vendió, cedió y transfirió a doña JOSELINNE ALONDRA ESPINOZA ORTEGA, la totalidad de su interés en la compañía denominada "INDUSTRIAL Y COMERCIAL ORTEGA & AEDO LIMITADA", cuyo nombre de fantasía es "COMERCIAL DECOVENTANAS LTDA.", el que ascendía a un cincuenta por ciento del capital social; quien los compró, aceptó y adquirió para si. Como consecuencia de lo anterior, las socias MARÍA SOLEDAD ORTEGA SOTO y JOSELINNE ALONDRA ESPINOZA ORTEGA, modificaron el nombre de la compañía sociedad pasando a denominarse "INDUSTRIAL Y COMERCIAL ORTEGA & ESPINOZA LIMITADA", conservando el nombre de fantasía de "COMERCIAL DECOVENTANAS LTDA." El extracto de la escritura pública de cesión de derechos sociales y cambio de nombre, se publicó en el Diario Oficial de la República de Chile, de fecha siete de noviembre del año dos mil diecinueve, edición correspondiente al número cuarenta y dos mil cuatrocientos noventa y seis y corre inscrito a fojas dieciséis, número diez; en tanto que el extracto de la escritura pública de saneamiento se publicó en el Diario Oficial, de fecha veinticinco de febrero del año dos mil veintiuno, edición de fecha cuarenta y dos mil ochocientos noventa y rola inscrito a fojas dieciocho, número once; ambas inscripciones del Registro de Comercio del Segundo Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año dos mil veintiuno. PRESENTE MODIFICACION: Ampliación del Objeto Social.- Las comparecientes modifican la cláusula segunda del estatuto de constitución de la compañía, agregando que la sociedad, además, podrá dedicarse al giro de contratista de obras menores en construcción; servicios de terminación y acabado de edificios; y compra y venta de materiales de construcción. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 10 de Enero de 2024.-