Administración de Edificios y Condominios CMH Limitada
Instrumento
- Fecha
- 12 de enero de 2024
- Repertorio
- 126-2024
- Notario
- FRANCISCO JAVIER FUENZALIDA RODRÍGUEZ
- Domicilio
- con oficio en Viña del Mar
Administración
Ambos suscriptores, en calidad de únicos dueños de la sociedad antes señalada, vienen en modificar la cláusula Cuarto del estatuto social, en el sentido de que la sociedad será administrada, en forma separada o conjunta, por uno cualesquiera de los comparecientes, el que anteponiendo a su firma la razón social dispondrá de las facultades señaladas en el estatuto social vigente
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO JAVIER FUENZALIDA RODRÍGUEZ, abogado, Notario Público, con oficio en Viña del Mar, Arlegui 333, CERTIFICO: Por escritura pública de 12 de enero 2024, repertorio 126-2024, ante mí, comparece don Claudio César Augusto Morales Hyde, cédula nacional de identidad número 7.588.731-0, chileno, casado bajo régimen de separación total de bienes, administrador de edificios y condominios, domiciliado en Viña del Mar, Libertad 50, por sí y don Carlos Alberto Mas Huber, chileno, divorciado, administrador de edificios y condominios, domiciliado en Viña del Mar, Jackson 490, departamento 156, torre W, Quinta Claude, cédula nacional de identidad número 7.039.396-4, por sí, quienes acreditaron sus identidades con las cédulas citadas y exponen que siendo los únicos socios de la sociedad “Administración de edificios y Condominios CMH Limitada”, cuyo extracto modificatorio fue publicado en el Diario Oficial con fecha 15 de junio de 2023, e inscrito a fojas 1812, número 553, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar, del año 2023. Venta de derechos sociales: Conforme a escritura extractada, el socio don Claudio César Augusto Morales Hyde, cede el noventa y ocho por ciento de derechos en la sociedad a don Carlos Alberto Mas Huber, en la suma de ocho millones de pesos, que el cesionario aceptó y adquirió para sí. El precio debe ser pagado a mas tardar el último día del mes de mayo del año 2024. Modificación: Administración: Ambos suscriptores, en calidad de únicos dueños de la sociedad antes señalada, vienen en modificar la cláusula Cuarto del estatuto social, en el sentido de que la sociedad será administrada, en forma separada o conjunta, por uno cualesquiera de los comparecientes, el que anteponiendo a su firma la razón social dispondrá de las facultades señaladas en el estatuto social vigente. Capital: 1.000.000.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Viña del Mar, 18 de enero de 2024.