Instrumento
- Fecha
- 28 de diciembre de 2023
- Repertorio
- 4600-2023
- Notario
- María Soledad Santos Muñoz
- Oficio
- 7ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaría Soledad Santos Muñoz, Notario Público de la 7ª Notaría de Santiago, con Oficio en Agustinas número 1161 entrepiso, comuna Stgo,. Certifica: por escritura pública de 28 de diciembre de 2023, ante mí, don Gustavo Benjamín Alcaíno Risco, cédula de identidad número 20.858.680-7, domiciliado en calle Las Nalcas Sur N°9298, comuna de La Florida, Región Metropolitana; y don Sebastián Pérez Gubbins, cédula de identidad número 20.666.193-3, domiciliado en calle Puerto de Palos N° 4954, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; únicos y actuales accionistas, vienen en sanear, corregir y rectificar constitución de sociedad NATIVA ELEMENTS SpA efectuada con fecha 8 de mayo de 2023, a través de instrumento privado protocolizado, de la misma fecha, bajo el N° 229, repertorio N°4600- 2023, ante don Christian Alejandro Ortiz Cáceres, Notario Público Suplente de la 7ª Notaría de Santiago, inscrita el 10 de mayo de 2023 a fojas 40.253 N° 18.040 del Registro de Comercio de Santiago de 2023, y publicada en el Diario Oficial con fecha 13 de mayo de 2023, producto de inconsistencias de dicho instrumento con el extracto, en el sentido que se señala a continuación: Uno) En el Título Segundo: Del Capital y de las Acciones del instrumento privado, el artículo quinto queda de la siguiente forma “Capital. El capital de la Sociedad es la cantidad de $3.000.000, dividido en 3.000 acciones nominativas, ordinarias y sin valor nominal, que han aportado en las proporciones y de la forma siguiente: a) Don Gustavo Benjamín Alcaíno Risco, la cantidad de $1.500.000; y b) Don Sebastián Pérez Gubbins, la cantidad de $1.500.000. El capital se suscribe y paga en la forma establecida en el artículo primero transitorio de los Estatutos”; Dos) El artículo primero transitorio queda de la siguiente forma: “Del capital social de tres millones de pesos, dividido en 3.000 acciones, nominativas, ordinarias y sin valor nominal, que se suscriben en este acto y se pagaran al contado y en dinero efectivo del modo siguiente: a) don Gustavo Benjamín Alcaíno Risco, con 1.500 acciones íntegramente suscritas, por un valor de $1.500.000, las que se encuentran pagadas; y b) don Sebastián Pérez Gubbins, con 1.500 acciones íntegramente suscritas, por un valor de $1.500.000, las que se encuentran pagadas”.- y no como erróneamente se señaló por un error involuntario, en el artículo quinto del Título Segundo: “Del Capital y de las Acciones” del instrumento de constitución de sociedad antes referida, que indicó que el capital de la sociedad correspondía a la suma de un millón de pesos dividido en mil acciones, en circunstancia que la suma correspondía a tres millones de pesos dividido en tres mil acciones. Mientras que, en el mismo sentido por un error involuntario, el artículo primero transitorio indicó que el capital social de tres millones de pesos dividido en tres mil acciones, ordinarias y sin valor nominal, fueron suscritas, aportadas y pagadas por: a) don Gustavo Benjamín Alcaíno Risco, con mil quinientas acciones íntegramente suscritas, por un valor de quinientos mil pesos, las que se encuentran pagadas; y b) don Sebastián Pérez Gubbins, con mil quinientas acciones íntegramente suscritas, por un valor de quinientos mil pesos, las que se encuentran pagadas; en circunstancias que, el valor de las mil quinientas acciones suscritas, aportadas y pagadas correspondía un millón quinientos mil pesos en ambos casos; todo ello en inconsistencia con el extracto inscrito que señaló que el capital de la sociedad era de $3.000.000 dividido en 3.000 acciones ordinarias y nominativas, de igual valor y sin valor nominal que los socios enteran en este acto al contado y dinero efectivo. Tres) El extracto del instrumento privado de constitución de la sociedad NATIVA ELEMENTS SpA de fecha 8 de mayo de 2023, protocolizado con la misma fecha, bajo el N° 229, repertorio N°4600-2023, ante don Christian Alejandro Ortiz Cáceres, Notario Público Suplente de la 7ª Notaría de Santiago, debe señalar que la sociedad fue constituida por instrumento privado, de fecha 8 de mayo de 2023, protocolizado con la misma fecha, bajo el N° 229, repertorio N°4600-2023, ante don Christian Alejandro Ortiz Cáceres, Notario Público Suplente de la 7ª Notaría de Santiago, y no como por un error involuntario señaló que aquella sociedad fue constituida por escritura pública de fecha 8 de mayo de 2023. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 16 de enero de 2024.-