CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES RIO CUARTO SpA

CVE 2440836
Fecha instrumento
11 de enero de 2024

Instrumento

Fecha
11 de enero de 2024
Notario
JUAN ESPINOSA BANCALARI
Domicilio
Concepción

Objeto social

La sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN ESPINOSA BANCALARI, Notario Público Titular de Concepción, con oficio en esta ciudad, calle O’Higgins 528, certifica: Por escritura pública de fecha 11 de enero de 2024, bajo el Rep.N°133, ante mí, don NICOLÁS ANDRÉS CONEJEROS SANHUEZA, chileno, cédula nacional de identidad Nº18.719.739-2, domiciliado en Concepción, calle García Hurtado de Mendoza número seiscientos ochenta y siete, casa número siete y don CHRISTOPHER URIBE ESPINA, chileno, cédula nacional de identidad Nº17.779.803-7, domiciliado en Talcahuano, condominio Los Abedules, calle LL número mil ciento noventa y cinco, constituyeron una sociedad por acciones con el nombre de: “INVERSIONES RIO CUARTO SpA”; sin embargo, la Sociedad podrá actuar con el nombre de fantasía de “RIO CUARTO SpA”.- Objeto: La sociedad tendrá por objeto: el arrendamiento, compra, venta y, en general, la adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también el desarrollo cualquier tipo proyectos inmobiliarios; además, podrá, invertir en bienes muebles corporales e incorporales de toda clase, como acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, debentures y, en general, en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. Podrá igualmente adquirir, crear, explotar, administrar, enajenar y, en general, disponer en el más amplio sentido, de todo tipo de negocios y establecimientos comerciales de cualquier rubro o clase, percibiendo sus frutos, réditos o ganancias que de ellos provengan, sean ellas empresas individuales o personas jurídicas en su más amplio sentido, incluyendo toda clase de sociedades, asociaciones u otro tipo de organizaciones civiles y comerciales en las que la sociedad tenga interés.- Igualmente la sociedad podrá realizar la prestación de servicios a terceros de cualquier tipo, tales como arriendo de instalaciones de oficinas y laboratorios, de servicio de personal administrativo y secretaría, y de servicios de aseo y de transporte. Finalmente, podrá realizar toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con los giros antes mencionados y que los accionistas determinen de común acuerdo. Para todos estos fines, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena. - Capital: es la suma de SESENTA MILLONES DE PESOS, dividido en sesenta mil acciones, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, las cuales serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos. El capital se suscribe y paga en la forma indicada en el artículo primero transitorio.- Demás estipulaciones en escritura extractada. - Concepción, 17 de enero de 2024.-