INMOBILIARIA GRUPO ROSSI SpA
Instrumento
- Fecha
- 17 de enero de 2024
- Repertorio
- 70/2024
- Notario
- PABLO JAVIER CONTRERAS GUERRERO
- Oficio
- Cuarta Notaría de Valparaíso
- Comuna
- Valparaíso
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Duración
- Indefinida
Objeto social
a) la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden; b) la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales y valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden
Administración
corresponderá a un directorio compuesto de tres miembros con las facultades señaladas en la escritura
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| INMOBILIARIA GRUPO ROSSI SpA | socio | 76717252-4 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO JAVIER CONTRERAS GUERRERO, Abogado, Notario Público interino de la Cuarta Notaría de Valparaíso, según Decreto protocolizado en este oficio, calle Esmeralda Nº953, Valparaíso, certifico: Por escritura pública de fecha 9 de enero del 2024, repertorio 70/2024, ante mí, don DANIEL ENRIQUE PRESMITTA PIZARRO, domiciliado calle Eusebio Lillo N°483, comuna de Valparaíso, siendo el actual y único accionista de la sociedad, modifica el estatuto social de INMOBILIARIA GRUPO ROSSI SpA, RUT N° 76.717.252-4, inscrito a fs 754v N°468 Registro de Comercio 2023, Viña del Mar, a fin de que su administración radique en un directorio de 3 miembros; reemplazar la cláusula de arbitraje y establecer reglas respecto a los requisitos para ejecutar determinadas operaciones. Además, fija texto refundido de los estatutos que se extracta a continuación: Nombre: “INMOBILIARIA GRUPO ROSSI SpA”. Administración: corresponderá a un directorio compuesto de tres miembros con las facultades señaladas en la escritura. Capital: $2.000.000.- (dos millones de pesos), dividido en mil acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de una misma serie, que se emiten, suscriben y pagan de la siguiente forma: don Daniel Enrique Presmitta Pizarro, suscribe 1.000 (mil) acciones, a razón de $2.000 (dos mil pesos) cada una, esto es, un total de $2.000.000 (dos millones de pesos), y se obliga a pagarlas dentro del plazo de 2 (dos) años a contar de la fecha de constitución de la sociedad. Duración: indefinida. Objeto: a) la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden; b) la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales y valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. Demás estipulaciones en escritura extractada. Valparaíso, 17 de enero de 2024./