SOCIEDAD ODONTOLÓGICA LOS ALERCES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 12 de enero de 2024
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $8.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- cinco años, a partir de la fecha de la presente escritura, y se renovará automática y sucesivamente, forma escritura
Objeto social
a a) la prestación de servicios profesionales en las diversas ramas de la medicina, en especial todo aquello que dice relación con la Odontología, la kinesiología, y la terapia alternativa, así como también la realización de cualquier otra actividad profesional derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro, con ella, en forma directa o mediante convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de Organismos del Sector Publico, municipal o privado; b) la atención medica pacientes particulares, o en convenio con empresas u otros organismos particulares, fiscales o semifiscales; en clínicas, hospitales, consultas, propias o ajenas en las especialidades odontológicas en general, kinesiológicas, cirugía general, cirugía infantil, traumatología y ortopedia; y demás que sean relacionadas, en la actualidad o en el futuro, de cualquiera manera, con la Medicina y el tratamiento de toda clase de enfermos y enfermedades y cualquier otro negocio que acordaren los socios; c) el estudio, construcción, instalación y funcionamiento de sanatorios y)o clínicas médicas, por cuenta propia o ajena y de otros establecimientos asistenciales; atención de pacientes internos, externos y de terceros: administración y dirección económica, técnica y medica de establecimientos relacionados con la odontología, kinesiología y otros: dar cursos, charlas, exposiciones, simposios, seminarios y otros de divulgación y especialización científicas; realizar publicaciones, investigaciones, intercambios y experiencias de todo lo expresado; realizar exámenes de radiología; uso, compraventa, importación y exportación de instrumentos, artefactos aparatos y máquinas médicas de toda clase; en general, realizar cualquiera actuación propia de la Medicina, Odontología, Kinesiología y de Enfermería de hoy y del futuro, y cualquier otro objeto que los socios acuerden
Administración
La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a los socios don SERGIO EDGARDO REYES YAÑEZ y a doña CONSTANZA ANDREA REYES ESCOBAR, quienes en forma indistinta y separadamente, amplias facultades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJAVIER IGNACIO HORMAZABAL COLLAO, Suplente de la 19° Notaría Santiago, del titular don PEDRO RICARDO REVECO HORMAZABAL, Bandera N° 341 oficina 352, certifico: Por escritura pública de fecha 12 de Enero de 2024, Rep. 3266 - 2024, ante mi, doña CONSTANZA ANDREA REYES ESCOBAR, Domiciliada en Walker Martínez número mil cien, departamento mil ocho, comuna La Florida; don PABLO IGNACIO REYES ESCOBAR, domiciliado en Chile Nuevo parcela sesenta y ocho, Lote uno F, comuna Lampa, Y don SERGIO EDGARDO REYES YAÑEZ, domiciliado en Chile Nuevo parcela sesenta y ocho, Lote uno F, comuna Lampa, constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada denominada, “SOCIEDAD ODONTOLÓGICA LOS ALERCES LIMITADA”. Objeto: a a) la prestación de servicios profesionales en las diversas ramas de la medicina, en especial todo aquello que dice relación con la Odontología, la kinesiología, y la terapia alternativa, así como también la realización de cualquier otra actividad profesional derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro, con ella, en forma directa o mediante convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de Organismos del Sector Publico, municipal o privado; b) la atención medica pacientes particulares, o en convenio con empresas u otros organismos particulares, fiscales o semifiscales; en clínicas, hospitales, consultas, propias o ajenas en las especialidades odontológicas en general, kinesiológicas, cirugía general, cirugía infantil, traumatología y ortopedia; y demás que sean relacionadas, en la actualidad o en el futuro, de cualquiera manera, con la Medicina y el tratamiento de toda clase de enfermos y enfermedades y cualquier otro negocio que acordaren los socios; c) el estudio, construcción, instalación y funcionamiento de sanatorios y/o clínicas médicas, por cuenta propia o ajena y de otros establecimientos asistenciales; atención de pacientes internos, externos y de terceros: administración y dirección económica, técnica y medica de establecimientos relacionados con la odontología, kinesiología y otros: dar cursos, charlas, exposiciones, simposios, seminarios y otros de divulgación y especialización científicas; realizar publicaciones, investigaciones, intercambios y experiencias de todo lo expresado; realizar exámenes de radiología; uso, compraventa, importación y exportación de instrumentos, artefactos aparatos y máquinas médicas de toda clase; en general, realizar cualquiera actuación propia de la Medicina, Odontología, Kinesiología y de Enfermería de hoy y del futuro, y cualquier otro objeto que los socios acuerden. Capital: $8.000.000.- que los socios aportan y enteran de la siguiente forma; A) la socia doña CONSTANZA ANDREA REYES ESCOBAR, aporta la suma de $3.200.000.- al contado, los que se ingresan en este acto a la caja social, y equivalen al 40% de los derechos sociales; B) el socio don PABLO IGNACIO REYES ESCOBAR, aporta la suma de $1.600.000.-, al contado, los que se ingresan en este acto a la caja social, y equivalen al 20% de los derechos sociales; y C) el socio don SERGIO EDGARDO REYES YAÑEZ, aporta la suma de $3.200.000.- al contado, los que se ingresan en este acto a la caja social, y equivalen al 40% de los derechos sociales; de manera que el capital suscrito se encuentra íntegramente pagado..- Domicilio: Santiago. Duración. cinco años, a partir de la fecha de la presente escritura, y se renovará automática y sucesivamente, forma escritura. Administración: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a los socios don SERGIO EDGARDO REYES YAÑEZ y a doña CONSTANZA ANDREA REYES ESCOBAR, quienes en forma indistinta y separadamente, amplias facultades.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 17 de enero de 2024.