MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA E INVERSIONES SANTA AGUSTINAS LIMITADA

RUT 76083487-4 CVE 2439547
Capital
$126.000.000 CLP
Fecha instrumento
11 de enero de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
11 de enero de 2024
Repertorio
212/2024
Notario
LINDA SCARLETT BOSCH JIMENEZ
Oficio
20° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$126.000.000 CLP

Objeto social

En todo lo no modificado, rigen plenamente los estatutos sociales que constan en escritura pública de fecha 18 de diciembre de 2009 otorgada en la notaría de Santiago de doña Antonieta Mendoza Escalas, Repertorio 9263-2009

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
INMOBILIARIA E INVERSIONES SANTA AGUSTINAS LIMITADA socio 76083487-4

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LINDA SCARLETT BOSCH JIMENEZ, notario público titular de la 20° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo 4990, certifico que con escritura pública otorgada con fecha 11 de enero del año 2024, repertorio N°212 / 2024, ante mí, EUGENIO MARCELO LOPEZ FERREIRO, MARÍA SOLEDAD ELGUETA PIÑEYRO; AGUSTINA LÓPEZ ELGUETA todos con domicilio en domiciliada en Alsacia 151, departamento 405, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, exponen: Que vienen en aumentar el capital y modificar los estatutos de la sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES SANTA AGUSTINAS LIMITADA, RUT 76.083.487-4, inscrita a fojas 62.832 Número 44.057 año 2009 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago en el siguiente sentido: UNO) SANEAMIENTO: Por el presente acto, los comparecientes don EUGENIO MARCELO LOPEZ FERREIRO y doña MARÍA SOLEDAD ELGUETA PIÑEYRO, en su calidad de actuales y únicos socios, vienen en sanear el extracto de constitución de la sociedad de escritura pública de fecha 18 de diciembre de 2009 otorgada en la notaría de Santiago de doña Antonieta Mendoza Escalas, Repertorio 9263-2009, el que consta de inscripción de fojas 62.832 número 44.057 del año 2009 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, en el sentido de señalar que el capital social actual es la suma de ciento veintiséis millones de pesos, según se da cuenta de la sumatoria de aportes, y no la suma que se indica de ciento veinte millones de pesos. DOS) MODIFICACIÓN ESTATUTOS: Primero) Se aumenta el capital lo desde $126.000.000.- a la suma de $200.000.000.-. En consecuencia, se aportarán $74.000.000- que las partes incorporarán de la siguiente forma: a) Doña MARÍA SOLEDAD ELGUETA PIÑEYRO aportará la suma de $34.000.000.- y b) La compareciente doña AGUSTINA LOPEZ ELGUETA aportará la suma de $40.000.000.- y se incorporará como socia de la sociedad. Segundo) Se cambiará el nombre de la sociedad, por lo que se modifica el artículo SEGUNDO de los estatutos sociales el cual tendrá la siguiente redacción: “SEGUNDO: La razón social será INVERSIONES SANTA AGUSTINA LIMITADA, pudiendo abreviar en cualquiera de sus actos o actuaciones la palabra limitada.” tercero) Se modifica el artículo QUINTO de los estatutos sociales el cual tendrá la siguiente redacción: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de doscientos diez millones de pesos los cuales se aportan de la siguiente forma: a) don EUGENIO MARCELO LOPEZ FERREIRO aportó la suma de ciento veinte millones de pesos que ya forman parte del capital social, equivalente a un sesenta por ciento del capital social; b) doña MARÍA EUGENIA ELGUETA PIÑEYRO aportará la suma de cuarenta millones de pesos, de la siguiente forma: i) Con la suma de seis millones de pesos que ya aportó al capital social; y ii) la suma de treinta y cuatro millones de pesos los cuales se compromete aportar en dinero efectivo en un plazo máximo de tres años a contar de la fecha de la presente escritura, equivalente a un veinte por ciento del capital social; y c) doña AGUSTINA LOPEZ ELGUETA se compromete a aportar la suma de cuarenta millones de pesos, los cuales se compromete a aportar en dinero efectivo en un plazo máximo de tres años a contar de la fecha de la presente escritura, equivalentes a un veinte por ciento del capital social. De esta forma queda constituido el capital social el cual se encuentra aportado y comprometido su pago. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes”. Cuarto) Se modifica el artículo OCTAVO de los estatutos sociales sobre la administración y uso de la razón social corresponderá indistintamente a doña MARÍA EUGENIA ELGUETA PIÑEYRO, don EUGENIO MARCELO LOPEZ FERREIRO y/o a doña AGUSTINA LOPEZ ELGUETA, quienes podrán actuar conjunta o separadamente, o cualquier de ellos por sí solo, quienes anteponiendo su firma a la razón social podrán representar a la sociedad judicial y extrajudicialmente con las más amplias facultades de administración, pudiendo ejecutar y celebrar toda clase de actos, contratos y convenios de cualquier naturaleza que se relacionen con el objeto social. En todo lo no modificado, rigen plenamente los estatutos sociales que constan en escritura pública de fecha 18 de diciembre de 2009 otorgada en la notaría de Santiago de doña Antonieta Mendoza Escalas, Repertorio 9263-2009. Demás estipulaciones en escritura que se extracta. Santiago, 11 de enero de 2024.-