Instrumento
- Fecha
- 11 de diciembre de 2023
- Repertorio
- 20943-2023
- Notario
- EDUARDO DIEZ MORELLO
- Domicilio
- 34º de Santiago
Sociedad
- Capital
- $185.027.448 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
a) la inversión y compraventa de todo tipo de valores mobiliarios e inmobiliarios, y de toda clase de bienes muebles e inmuebles; la inversión en toda clase de instrumentos financieros, la participación, compraventa e inversión en proyectos económicos de cualquier naturaleza; b) la realización por cuenta propia o ajena, de toda clase de inversiones mobiliarias, sea en valores, efectos de comercio, acciones, cuotas o participaciones en fondos de todo tipo, asociaciones, comunidades y sociedades u organizaciones de cualquier clase, naturaleza y calidad, existentes o creadas al efecto, así como la inversión en bienes raíces de toda especie, o en derechos o acciones reputadas inmuebles, en forma absoluta o cuotativa; la administración, gestión y disposición de tales inversiones y los actos y contratos vinculados con ellos; c) Las demás que acuerden sus
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular de la 34º de Santiago, con Oficio en calle Luis Thayer Ojeda número trescientos cincuenta y nueve, Comuna de Providencia, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 11 de diciembre de 2023, Repertorio N° 20.943-2023, se redujo acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de CONDUCTORES Y CABLES ELECTRICOS ESPECIALES S.A., celebrada con fecha 11 de diciembre 2023, en la cual se acordó entre otras materias, la división de CONDUCTORES Y CABLES ELECTRICOS ESPECIALES S.A, producto de la cual se constituye una nueva sociedad denominada “INMOBILIARIA E INVERSIONES LILIAN SPA”, a la cual se asignan los activos y pasivos singularizados en escritura extractada, y se le distribuye la parte del patrimonio social que allí se indica. En la referida junta extraordinaria de accionistas se aprobaron los estatutos sociales de la sociedad que nace producto de la división, de los cual se extracta lo siguiente: Accionistas: Asesoría Tecno Industrial Limitada; Lily Eugenia Quevedo Benvenuto, Juan Andrés Menchaca Morales y Vicente Raimundo Mardones Cerda. Nombre: “INMOBILIARIA E INVERSIONES LILIAN SPA. Objeto: a) la inversión y compraventa de todo tipo de valores mobiliarios e inmobiliarios, y de toda clase de bienes muebles e inmuebles; la inversión en toda clase de instrumentos financieros, la participación, compraventa e inversión en proyectos económicos de cualquier naturaleza; b) la realización por cuenta propia o ajena, de toda clase de inversiones mobiliarias, sea en valores, efectos de comercio, acciones, cuotas o participaciones en fondos de todo tipo, asociaciones, comunidades y sociedades u organizaciones de cualquier clase, naturaleza y calidad, existentes o creadas al efecto, así como la inversión en bienes raíces de toda especie, o en derechos o acciones reputadas inmuebles, en forma absoluta o cuotativa; la administración, gestión y disposición de tales inversiones y los actos y contratos vinculados con ellos; c) Las demás que acuerden sus socios. Para la consecución y desarrollo de su objeto, la Sociedad podrá ejecutar, realizar o implementar todos los negocios, operaciones o actos y celebrar, otorgar y suscribir todos los instrumentos, actos y contratos necesarios y pertinentes para ello, y así como para la inversión de los fondos disponibles de la Sociedad, lo cual podrá hacerse en toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales o incorporales, incluso en el mercado de capitales. Duración: Indefinida. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero. Capital: $185.027.448, dividido en 10.000 acciones ordinarias de una sola serie, todas iguales, nominativas y sin valor nominal, el que se ha suscrito, enterado y pagado integralmente. Las modificaciones a los estatutos correspondientes a Conductores Y Cables Eléctricos Especiales S.A constan de extracto separado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 150 del Reglamento de Sociedades Anónimas. Demas estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago 16 de enero 2024.