MODIFICACIÓN Cooperativa

Cooperativa Agrícola y Lechera Campos Australes

RUT 76761368-7 CVE 2440157
Capital
$120.000 CLP
Fecha instrumento
30 de junio de 2020

Instrumento

Fecha
30 de junio de 2020
Notario
Bernardo Espinosa Bancalari
Domicilio
Puerto Varas

Sociedad

Capital
$120.000 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Junta General de Socios de la Cooperativa Agrícola y Lechera Campos Australes socio 76761368-7

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Bernardo Espinosa Bancalari, Notario Público de Puerto Varas, con oficio en esta ciudad, Av. Gramado 535, certifica: que, con esta fecha se redujo parcialmente a escritura pública, repertorio número 32/2024, ante mí, el Acta de la Primera Junta General de Socios de la Cooperativa Agrícola y Lechera Campos Australes, RUT 76.761.368-7 (la “Cooperativa”), celebrada con fecha 30 de junio de 2020, en la que la unanimidad de los socios presentes acordaron reformar los estatutos de la Cooperativa, fijando un texto único, coordinado, sistematizado y refundido. Específicamente se acordó modificar los siguientes artículos: (i) Artículo primero a fin de actualizarlos a la situación actual de la Cooperativa; (ii) Artículo quinto a fin de aclarar una redacción errónea; (iii) Artículo octavo a fin de señalar que la declaración jurada de los socios postulantes, deberá hacerse de conformidad a los criterios exigidos por el Consejo de Administración; (iv) Artículo noveno a fin de aclarar la aplicación de este a la cuota de admisión; (v) Artículo décimo segundo a fin de eliminar la restricción aplicable a los socios personas jurídicas que quieran presentar candidatos al cargo de consejero; (vi) Artículo décimo tercero a fin de eliminar la restricción de que los socios no puedan comparecer representados en las Juntas de Socios y presentar una modificación en el sentido que los socios estén obligados solo a declarar la totalidad de su leche producida; (vii) Artículo décimo cuarto a fin de establecer nuevas prohibiciones para los socios; (viii) Artículo décimo quinto a fin de incorporar el derecho de los socios a percibir el interés sobre los aportes de capital que hayan efectuado; (ix) Artículo décimo sexto a fin de eliminar los plazos allí establecidos en cuanto a las causales de suspensión de los socios; (x) Artículo décimo séptimo a fin de establecer una nueva redacción de las causales de pérdida de la calidad de socios; (xi) Artículo décimo noveno a fin de incorporar los elementos establecidos en la Ley General de Cooperativas y su Reglamento; (xii) Artículo vigésimo a fin de actualizar el lenguaje a la nueva ley de insolvencia; (xiii) Artículo vigésimo primero a fin de adaptar el lenguaje a los términos establecidos en la Ley General de Cooperativas y su Reglamento; (xiv) Artículo vigésimo segundo a fin de aclarar qué se entiende por mala fe, eliminar la prohibición de competir con la Cooperativa e incorporar la no entrega de la leche respaldada en cuotas; (xv) Artículo vigésimo cuarto a fin de corregir una referencia cruzada; (xvi) Artículo vigésimo octavo a fin de incorporar las normas establecidas en el artículo ciento ocho y siguientes del Reglamento; (xvii) Artículo trigésimo tercero a fin de aclarar el lenguaje que en vez de rescate es adquisición e incorporar un lenguaje aclaratorio de la transferencia de cuotas a terceros; (xviii) Artículo trigésimo noveno a fin de aclarar el lenguaje relacionado a los auditores externos; (xix) Artículo cuadragésimo segundo a fin de adecuar la fecha de celebración de la junta y la forma de citar a la ley; (xx) Artículo cuadragésimo quinto a fin de eliminar la restricción de representación máxima por socio e incorporar a los representantes de aquellos que sean personas jurídicas; (xxi) Artículo quincuagésimo a fin de que los consejeros suplentes sean dos y no cuatro; (xxii) Artículo quincuagésimo primero a fin de aclarar expresamente que podrán ser electos como consejeros personas externas a la Cooperativa; (xxiii) Artículo quincuagésimo segundo a fin de definir que los miembros del Consejo de Administración durarán tres años en su cargo y que se renovarán totalmente al término de este, así como la elección de los cargos vacantes ante la falta de Junta General de Socios; (xxiv) Artículo quincuagésimo tercero a fin de establecer que los miembros del Consejo de Administración sean remunerados, correspondiendo la fijación de la remuneración a la Junta de Socios o a aquel órgano que esta designe; (xxv) Artículo quincuagésimo cuarto a fin de incorporar una referencia cruzada; (xxvi) Artículo quincuagésimo quinto y Artículo sexagésimo segundo a fin de aclarar la redacción; (xxvii) Artículo sexagésimo sexto a fin de aclarar la redacción e incorporar un mecanismo alternativo a la pauta única; (xxviii) Artículo sexagésimo séptimo, que se reemplaza íntegramente por uno nuevo en sentido de establecer el mecanismo de negociación de la leche no respaldada en cuotas; (xxix) Artículo sexagésimo octavo, que se reemplaza íntegramente por uno nuevo en sentido de establecer como un incumplimiento grave de los socios el comercializar por fuera de la Cooperativa leche que no tuviera debidamente declarada; (xxx) Artículo septuagésimo primero, en sentido de aclarar la redacción; y (xxxi) Eliminar los artículos transitorios y reemplazarlos por unos nuevos que incluyan poderes relacionados a los nuevos estatutos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Capital social $120.000.000 (ciento veinte millones de pesos). Se hace presente que, para todos los efectos legales, la Cooperativa se constituyó originalmente como una sociedad por acciones bajo la razón social de Campos Australes SpA, cuyo extracto se inscribió a fojas 281, Nº 169 del Registro de Comercio del CBR de Osorno correspondiente al año 2017 y luego se transformó a una cooperativa bajo la razón social de Cooperativa Agrícola y Lechera Campos Australes conforme a la inscripción de fojas 453 vuelta, Nº 210 del Registro de Comercio del CBR de Osorno correspondiente al año 2019. Puerto Varas, 05 de enero de 2024.