CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS INDUSTRIALES MELVAN LIMITADA

CVE 2439308
Notaría
San Miguel
Duración
Definida

Instrumento

Notario
don HECTOR CLAUDIO SOTO CANDIA
Oficio
Octava Notaría de San Miguel
Comuna
San Miguel

Sociedad

Duración
La sociedad comenzará a regir a contar de la fecha de la escritura constitutiva y tendrá una duración de dos años contados desde la fecha de esta, y se entenderá prorrogable tácita y sucesivamente por períodos de dos año cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare voluntad de ponerle término con, a lo menos, seis meses de anticipación al vencimiento respectivo, mediante escritura pública que se subinscribirá al margen de la inscripción social

Objeto social

El objeto social de la sociedad será la prestación de servicios de todas las materias relacionadas con reparación, mantención, comercialización, venta y distribución de partes, piezas, repuestos y motores de toda clase de maquinaria y equipos, como también todo tipo de transportes y fletamento en general de carga ligera o pesada a cualquier punto del país, perforación de pozos profundos y servicios de bombeo de hormigón; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden

Administración

Corresponderá a MARÍA ISABEL FRIZ SANCHEZ, quien anteponiendo a su firma la razón social, obligará a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario con las más amplias facultades

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

En San Miguel, en la República de Chile, don HECTOR CLAUDIO SOTO CANDIA, abogado, Notario Público Interino de la Octava Notaría de San Miguel, con oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera número dos mil quinientos treinta y seis, de esta comuna, certifico que: Por escritura pública de fecha ocho de enero de dos mil veinticuatro, repertorio número cinco guion dos mil veinticuatro, hoy, ante mí: doña MARÍA ISABEL FRIZ SANCHEZ, chilena, casada con separación de bienes, trabajadora dependiente, cédula nacional de identidad número nueve millones novecientos cincuenta y nueve mil seiscientos cuarenta y seis guion cinco; doña VANIA ISABEL GONZÁLEZ FRIZ, chilena, soltera, estudiante, cédula nacional de identidad número veinte millones seiscientos treinta y seis mil trecientos catorce guion dos; y doña MELISA XIMENA GONZÁLEZ FRIZ, chilena, soltera, estudiante, cédula nacional de identidad número veinte millones seiscientos treinta y seis mil trecientos quince guion cero, todas domiciliadas en Parque Hermoso Sur numero dos mil setecientos sesenta y ocho, comuna de Puente Alto, y de paso por esta, ciudad de Santiago, vienen en constituir sociedad comercial de responsabilidad limitada al monto de sus aportes. Razón social: El nombre o razón social será "SERVICIOS INDUSTRIALES MELVAN LIMITADA", pudiendo usar y actuar ante toda clase de personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, incluso bancos comerciales, con la abreviación o nombre de fantasía de "HIDRÁULICA MELVAN Ltda.". Objeto: El objeto social de la sociedad será la prestación de servicios de todas las materias relacionadas con reparación, mantención, comercialización, venta y distribución de partes, piezas, repuestos y motores de toda clase de maquinaria y equipos, como también todo tipo de transportes y fletamento en general de carga ligera o pesada a cualquier punto del país, perforación de pozos profundos y servicios de bombeo de hormigón; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. Administración: Corresponderá a MARÍA ISABEL FRIZ SANCHEZ, quien anteponiendo a su firma la razón social, obligará a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario con las más amplias facultades. Capital Social: El capital social es la cantidad de un millón de pesos, que los socios aportan y pagan en las siguientes proporciones: a) doña MARÍA ISABEL FRIZ SANCHEZ, la cantidad de trescientos treinta y cuatro mil pesos que corresponde al treinta y tres coma cuatro por ciento del capital social, que paga de contado en este acto y en dinero efectivo; b) doña VANIA ISABEL GONZÁLEZ FRIZ, la cantidad de trescientos treinta y tres mil pesos que corresponde al treinta y tres coma tres por ciento del capital social, que paga de contado en este acto y en dinero efectivo; y c) doña MELISA XIMENA GONZÁLEZ FRIZ, la cantidad de trescientos treinta y tres mil pesos que corresponde al treinta y tres coma tres por ciento del capital social, que paga de contado en este acto y en dinero efectivo. De esta forma, el capital social ha quedado íntegramente aportado y pagado por los comparecientes e ingresado a caja social. Duración: La sociedad comenzará a regir a contar de la fecha de la escritura constitutiva y tendrá una duración de dos años contados desde la fecha de esta, y se entenderá prorrogable tácita y sucesivamente por períodos de dos año cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare voluntad de ponerle término con, a lo menos, seis meses de anticipación al vencimiento respectivo, mediante escritura pública que se subinscribirá al margen de la inscripción social. Demás estipulaciones en escritura extractada. En San Miguel a ocho de enero de dos mil veinticuatro.