MODIFICACIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

JOSE LUIS NUÑEZ ARREDONDO, CONFITERIA, BANQUETERIA Y PRODUCTORA DE EVENTOS, EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

RUT 76048773-2 CVE 2439042
Fecha instrumento
11 de enero de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
11 de enero de 2024
Repertorio
046-2024
Notario
FRANCISCA SOLEDAD ÁLVAREZ HURTADO
Domicilio
Peñaflor
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCA SOLEDAD ÁLVAREZ HURTADO, Notario Público Titular de Peñaflor, con Oficio en calle Arturo Prat N°75, comuna de Peñaflor, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 11 de Enero del año 2024, repertorio N°046-2024 ante mí; JOSE LUIS NUÑEZ ARREDONDO, C.I 14.183.360-K, domiciliado en calle Santa Alicia, Parcela D Sin número, comuna de Padre Hurtado, Región Metropolitana, viene en este acto en sanear la falta de publicación oportuna el Diario Oficial del extracto de transformación de la sociedad JOSE LUIS NUÑEZ ARREDONDO, CONFITERIA, BANQUETERIA Y PRODUCTORA DE EVENTOS, EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA a INVERSIONES JL SpA, la cual su extracto fue inscrito extemporáneamente en el Conservador de Bienes Raíces de Antofagasta quedando anotada en el Registro de Comercio a fojas cuatrocientas cuarenta, número doscientos sesenta y siete del año dos mil veintitrés. También fue inscrito extemporáneamente en el Conservador de Bienes Raíces de Peñaflor esto debido al cambio de domicilio social, en el cual quedo anotado en el Registro de Comercio a fojas trece vuelta número catorce del año dos mil veintitrés. Además, la publicación del extracto de transformación de sociedad en el Diario Oficial fue extemporáneo, ya que se realizó con fecha veintidós de mayo del año dos mil veintitrés, CVE número dos tres uno siete seis cinco cuatro, transcurriendo el plazo establecido por la ley. El error anteriormente señalado constituye un vicio formal que debe ser saneado de conformidad con lo dispuesto por la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve que Establece las Normas Sobre Saneamiento de Vicios de Nulidad de Sociedades. De esta manera, el compareciente, en virtud de lo dispuesto en la Ley numero diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, viene a sanear el vicio de que adolece la transformación de la Sociedad, otorgada mediante escritura pública ante notario público titular de la cuadragésima segunda Notaria de Santiago, don Álvaro González Salinas, bajo el repertorio número once mil doscientos ochenta y ocho guion dos mil veintitrés, consiste en la inscripción extemporánea del extracto de transformación en el Conservador de Bienes Raíces de Antofagasta y ante el Conservador de Bienes Raíces de Peñaflor y la publicación fuera del plazo legal en el la mencionada Ley, el vicio se entenderá corregido con la inscripción de este extracto en el Conservador de Bienes Raíces de Antofagasta y del Conservador de Bienes Raíces de Peñaflor y la respectiva publicación oportuna en el Diario Oficial del extracto de la presente escritura. Demás estipulación constan en escritura pública. Santiago, 16 de Enero de 2024.