EnergyX Chile SpA
Instrumento
- Fecha
- 27 de diciembre de 2023
- Notario
- IVAN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- 33ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la 33ª Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 979, oficina 501, Santiago, certifico: que con fecha 27 de diciembre de 2023, repertorio número 20.379-2023, ante mí, ENERGY EXPLORATION TECHNOLOGIES, INC., en su calidad de único accionista de ENERGYX CHILE SpA, (la “Sociedad”), acordó reformar los estatutos de la Sociedad, a fin de aumentar el capital de la Sociedad de la suma de $10.000.000 dividido en 1.000 acciones nominativas, todas de una misma serie y de igual valor, y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado, a la suma de $6.010.000.000 mediante la emisión de 600.000 nuevas acciones de pago, de iguales características a las actualmente emitidas. Como consecuencia de lo anterior se sustituyeron el artículo Quinto y Primero Transitorio de los estatutos por los siguientes: “Artículo Quinto.- El capital social asciende a la suma de $6.010.000.000 dividido en 601.000 acciones nominativas, de una misma serie, y sin valor nominal, el que se suscribe y paga en la forma establecida en el Artículo Primero Transitorio de estos estatutos.” “Artículo Primero Transitorio. El capital social, ascendente a la suma de $6.010.000.000 dividido en 601.000 acciones nominativas, de una misma serie, y sin valor nominal, se suscribe y paga de la siguiente forma: a) 238.493 acciones íntegramente suscritas y pagadas; y b) 362.507 acciones pendientes de suscripción y pago, las que deberán suscritas y pagadas en un plazo de 5 años contados desde el 26 de diciembre de 2023.” Asimismo, se acordó modificar el objeto social, reemplazando el Artículo Cuarto de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo Cuarto. La Sociedad tendrá por objeto el desarrollo de actividades mineras, incluyendo la exploración y explotación de yacimientos mineros, ya sea por cuenta propia o ajena; la inversión en toda clase de derechos y acciones de sociedades que desarrollen actividades mineras; la comercialización de minerales y, en general, cualesquiera otras actividades relacionadas con la minería; la prestación de asesorías y servicios de sondajes, perforaciones, tronaduras, transporte de minerales y maquinarias, estudios geológicos, estudio de reservas, movimientos de tierra, extracción de minerales, análisis de yacimientos para la exploración y explotación de propiedades mineras propias o arrendadas, o ajenas, sea por cuenta propia o a través de terceros; como asimismo cualquier otra actividad de cualquier tipo que sea acordada por sus accionistas.” Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 27 de diciembre de 2023.