Comercializadora Web To Print Limitada
Instrumento
- Fecha
- 28 de diciembre de 2023
- Repertorio
- 41181-2023
- Notario
- ALVARO GONZALEZ SALINAS
- Oficio
- 42° Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO GONZALEZ SALINAS, Notario Público Titular de la 42° Notaria de Santiago, con oficio en Av. Apoquindo N° 3001, Segundo piso, Las Condes, Certifica que: Por escritura pública de fecha 28 de Diciembre de 2023, Repertorio N° 41.181-2023 ante mí, LORETTO ALEXANDRA GAETE BANDA, C.I. N° 8.713.125-4, domiciliada en calle Altos del Parque Norte N° 4224, Peñalolén; MARIA DEL PILAR FLORES MIRANDA, C.I. N° 9.582.154-5, domiciliada en calle Las Flores Poniente N° 2740, Peñalolén; MIGUEL ANIBAL MORALES ARAYA, C.I. N° 8.459.580-2, domiciliado en Avenida Macul N°2701, departamento 902–A, Macul; y CONSTANZA VERONICA MORALES ITURRA, C.I. N° 18.635.004-9, domiciliada en Macul N° 2701, departamento 902-A, Macul, todos Región Metropolitana; modificaron la sociedad de responsabilidad limitada “COMERCIALIZADORA WEB TO PRINT LIMITADA”, constituida mediante escritura pública de fecha 5 de Diciembre de 2017 extendida ante el Notario de Santiago don Eduardo Avello Concha, cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 94.093, número 50.472, del año 2017 y se publicó en el Diario Oficial de fecha 16 de Diciembre del año 2017, en los términos siguientes: Cesión de derechos sociales y retiro de socio.- Se retira de la sociedad don MIGUEL ANIBAL MORALES ARAYA, quien vende, cede y transfiere, todos sus derechos a doña CONSTANZA VERONICA MORALES ITURRA, quien los acepta y adquiere para sí en $3.333.000, correspondientes al 7,7% del haber social, pagada en el acto, al contado y en dinero efectivo.- Con motivo de la señalada cesión de derechos, se incorpora a la sociedad doña CONSTANZA VERONICA MORALES ITURRA con la participación antes señalada.- El cedente, don MIGUEL ANIBAL MORALES ARAYA declara que nada le adeuda la sociedad ni los socios de esta en relación con su participación en la sociedad, otorgando a la sociedad y sus socias amplio y completo finiquito.- Distribución de las Utilidades.- Las actuales socias, esto es, LORETTO ALEXANDRA GAETE BANDA, MARIA DEL PILAR FLORES MIRANDA, y CONSTANZA VERONICA MORALES ITURRA, acuerdan reemplazar la cláusula QUINTA del pacto social relativa a la distribución de utilidades, por la siguiente: “QUINTO: UTILIDADES.- Las utilidades y eventuales perdidas se distribuirán entre los socios en los siguientes porcentajes: LORETTO ALEXANDRA GAETE BANDA, el 33,33%; MARIA DEL PILAR FLORES MIRANDA, el 33,34%; y doña CONSTANZA VERONICA MORALES ITURRA, el 33,33%.- Las actuales socias, acuerdan modificar el pacto social, además, sustituyendo la actual cláusula SEPTIMA, relativa a la administración, representación y el uso de la razón social, en el sentido que el ejercicio de dichas facultades se ejercerá, en lo sucesivo, con la firma conjunta de dos de las tres socias LORETTO ALEXANDRA GAETE BANDA, MARIA DEL PILAR FLORES MIRANDA y CONSTANZA VERONICA MORALES ITURRA, quienes en su representación y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades y atribuciones, de conformidad con lo señalado en escritura extractada.- Santiago, 04 de Enero de 2024.- Álvaro González Salinas.- Notario Titular.-