CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Comercial J&L Araya SpA

RUT 15372644-2 CVE 2439315
Capital
$12.000.000 CLP
Fecha instrumento
8 de enero de 2024
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
8 de enero de 2024
Notario
GONZALO FERNANDO HARAMBILLET MELERO
Domicilio
San Miguel

Sociedad

Capital
$12.000.000 CLP
Domicilio
es la ciudad de Santiago, comuna de Pudahuel
Duración
Indefinida

Objeto social

a) Ventas al por mayor de productos agrícolas, especialmente frutas y verduras, b) Ventas al por menor de comercios especializados de frutas y verduras (verdulerías), c) Transporte de carga por carretera

Administración

corresponderá a Jaime Antonio Araya Rebolledo, en su calidad de Gerente General, con todas las facultades de los estatutos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GONZALO FERNANDO HARAMBILLET MELERO, Notario Público de San Miguel, con oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera N° 4251, local 2, comuna de San Miguel, Certifica: Por escritura pública otorgada hoy ante mí, JAIME ANTONIO ARAYA REBOLLEDO, cedula de identidad Nº 15.372.644-2, Las Perdices N° 823, ciudad de Los Valles, comuna de Pudahuel, ha constituido una Sociedad por acciones. Nombre: COMERCIAL J&L ARAYA SpA. Domicilio: es la ciudad de Santiago, comuna de Pudahuel. Sin perjuicio de poder establecer agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero. Objeto: a) Ventas al por mayor de productos agrícolas, especialmente frutas y verduras, b) Ventas al por menor de comercios especializados de frutas y verduras (verdulerías), c) Transporte de carga por carretera. Duración: Indefinida. Capital: $12.000.000, dividido y representado en 12.000 acciones nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal, de los cuales el suscriptor paga en este acto $5.000.000.- y el saldo de $7.000.000.- será pagado en dinero, en la misma moneda o en especies, dentro del plazo de 3 años, debidamente reajustado. Administración: corresponderá a Jaime Antonio Araya Rebolledo, en su calidad de Gerente General, con todas las facultades de los estatutos. Demás estipulaciones en escritura que extracto. San Miguel, 08 de enero de 2024.