Agrícola y Forestal Puente Perales Limitada
Instrumento
- Fecha
- 29 de noviembre de 2023
- Repertorio
- 36345-2023
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- 43ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $31.880.104 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, chileno, Abogado, Notario Público Titular de la 43ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°835, piso 18, de la comuna de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada el 29 de noviembre de 2023, repertorio número 36.347-2023, ante mí, Uno) Ricardo José Duch Márquez, cédula nacional de identidad N°6.959.471-9; Dos) Óscar Gonzalo Fuenzalida Calvo, cédula nacional de identidad N°7.002.921-9; Tres) Cristóbal Ignacio Duch Matthei, cédula nacional de identidad N°15.180.430-6; Cuatro) Ricardo José Duch Matthei, cédula nacional de identidad N°15.959.790-3; Cinco) Camila Ignacia Duch Matthei, cédula nacional de identidad N°16.358.624-K; Seis) Felipe Andrés Duch Matthei, cédula nacional de identidad N°16.937.837-1; Siete) Benjamin José Duch Matthei, cédula nacional de identidad N°18.170.179-K; y, Ocho) Milagros Duch Matthei, cédula nacional de identidad N°18.467.643-5, todos los anteriores domiciliados para estos efectos en calle Francisco Noguera N°217, oficina N°30, comuna de Providencia, Región Metropolitana, quienes acordaron modificar la sociedad “Agrícola y Forestal Puente Perales Limitada”, cuyo extracto de constitución se encuentra inscrito a Fs.33.727 N°18.198 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1989, en el siguiente sentido: A. Modificación por donación de derechos sociales. Modificar la sociedad como consecuencia de la donación que realizó Ricardo José Duch Márquez a Cristóbal Ignacio Duch Matthei, Ricardo José Duch Matthei, Camila Ignacia Duch Matthei, Felipe Andrés Duch Matthei, Benjamin José Duch Matthei y, a Milagros Duch Matthei, en los porcentajes y condiciones indicados en escritura extractada. Dicha donación se efectuó por escritura pública otorgada el 29 de noviembre de 2023, en la Notaria de Santiago de Juan Ricardo San Martín Urrejola, repertorio N°36.345-2023. B. Modificación de Estatutos. Como consecuencia de lo anterior, los actuales y únicos socios de “Agrícola y Forestal Puente Perales Limitada”, modificaron el artículo Sexto de los estatutos sociales en los términos señalados, por el siguiente: “ARTICULO SEXTO: El capital de la sociedad es la suma de $31.880.104, que los socios aportan en las siguientes proporciones: Uno) Óscar Gonzalo Fuenzalida Calvo aporta la suma de $15.940.052, equivalentes al 50% del interés social, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado con anterioridad, declarando la Sociedad recibirlo a su entera satisfacción; Dos) Cristóbal Ignacio Duch Matthei aporta la suma de $2.656.676, equivalentes al 8,334% del interés social, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado con anterioridad, declarando la Sociedad recibirlo a su entera satisfacción; Tres) Ricardo José Duch Matthei aporta la suma de $2.656.676, equivalentes al 8,334% del interés social, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado con anterioridad, declarando la Sociedad recibirlo a su entera satisfacción; Cuatro) Camila Ignacia Duch Matthei aporta la suma de $2.656.675, equivalentes al 8,333% del interés social, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado con anterioridad, declarando la Sociedad recibirlo a su entera satisfacción; Cinco) Felipe Andrés Duch Matthei aporta la suma de $2.656.675, equivalentes al 8,333% del interés social, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado con anterioridad, declarando la Sociedad recibirlo a su entera satisfacción; Seis) Benjamín José Duch Matthei aporta la suma de $2.656.675, equivalentes al 8,333% del interés social, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado con anterioridad, declarando la Sociedad recibirlo a su entera satisfacción; y, Siete) Milagros Duch Matthei aporta la suma de $2.656.675, equivalentes al 8,333% del interés social, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado con anterioridad, declarando la Sociedad recibirlo a su entera satisfacción.” Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 12 de enero de 2024.