Ulloa y Asociados Limitada
Instrumento
- Fecha
- 26 de diciembre de 2023
- Notario
- Patricio Raby Benavente
- Oficio
- Quinta Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPatricio Raby Benavente, Notario Público Titular Quinta Notaría Santiago, con domicilio en Gertrudis Echenique 30, oficina 32, Las Condes, Santiago, certifico que, por escritura pública, de fecha 26 de Diciembre de 2023 ante mi Suplente doña María Virginia Wielandt Covarrubias, Alfie Ulloa Urrutia, C.I. 18.158.259-6, domiciliado Cerro La Paloma Dos 10.342, Lo Barnechea, Santiago; María Carmen Urrutia Aguirre, C.I. 5.319.768-K, en representación convencional de Francisco Ulloa Urrutia, C.I. 14.540.932-2, ambos domiciliados en calle Valenzuela Castillo 1858, departamento 1005, Providencia, Santiago; Susana Beatriz Urrutia Llona, C.I. 18.396.528-K, domiciliada en Coronel Santiago Bueras 142, departamento 21, Santiago; y Hernán Felipe Egaña Díaz, C.I. 17.030.030-0, domiciliado en calle Uno Norte 1481, departamento 1502, Viña del Mar; José Ignacio Ulloa Jara, C.I. 23.183.076-6, domiciliado en calle Pocuro número 2090, Departamento 202, Providencia, Santiago; acordaron modificar la sociedad : “Ulloa y Asociados Limitada”, RUT 77.107.718- 8, inscrita a fojas 98940 número 48474 del Registro de Comercio de Santiago del año 2019, en el siguiente sentido: CESIONES DE DERECHOS SOCIALES. Que, por el presente acto, el socio Alfie Ulloa Urrutia, vende, cede y transfiere a José Ignacio Ulloa Jara, quien, ingresando a la Sociedad, compra, acepta y adquiere para sí, el noventa y seis coma sesenta y siete por ciento de los derechos sociales del cedente, que equivalen al veintinueve por ciento del capital social de la Sociedad. Por su parte, la socia Susana Beatriz Urrutia Llona, ya individualizada, vende, cede y transfiere el cien por ciento de sus derechos sociales en la Sociedad a José Ignacio Ulloa Jara y a Francisco Ulloa Urrutia, ambos ya individualizados, quienes compran, aceptan y adquieren para sí, cada uno el cincuenta por ciento de los derechos sociales de la cedente, equivalente al diez por ciento del capital social de la Sociedad, resultando en la transferencia total del veinte por ciento del capital social de la Sociedad. PRECIO DE LAS CESIONES DE DERECHOS SOCIALES. El precio de la cesión de derechos sociales de Alfie Ulloa Urrutia a José Ignacio Ulloa Jara, es la suma de doscientos noventa mil pesos, pagaderos en este acto, al contado y en dinero en efectivo. Por su parte, la cesión de derechos sociales de Susana Beatriz Urrutia Llona a José Ignacio Ulloa Jara, es la suma de cien mil pesos, pagaderos en este acto, al contado y en dinero en efectivo; y la cesión a Francisco Ulloa Urrutia, es la suma de cien mil pesos, pagaderos en este acto, al contado y en dinero en efectivo. ACEPTACIÓN DE LAS CESIONES DE DERECHOS SOCIALES. Que el socio Hernán Felipe Egaña Díaz, ya individualizado, manifiesta que acepta y autoriza expresamente las cesiones de derechos sociales. RETIRO DE SOCIO QUE INDICA. Que atendida la cesión de la totalidad de los derechos sociales de la socia Susana Beatriz Urrutia Llona, por este acto la cedente indicada se retira de la Sociedad. SOCIOS ACTUALES. Que, como consecuencia de las cesiones de derechos sociales reportadas en esta escritura, la Sociedad queda conformada por los socios Alfie Ulloa Urrutia, con un uno por ciento de participación en el capital social; Francisco Ulloa Urrutia, con un cuarenta por ciento de participación en el capital social; Hernán Felipe Egaña Díaz, con un veinte por ciento de participación en el capital social; y por José Ignacio Ulloa Jara, con un treinta y nueve por ciento de participación en el capital social. VIGENCIA DEL PACTO SOCIAL ANTERIOR. Que, en todo lo demás rige el pacto social original o constitutivo. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 04 de Enero de 2024.- PATRICIO RABY BENAVENTE, Notario Público Titular.