LOGISTICA Y TRANSPORTES NACIONAL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de diciembre de 2023
- Notario
- ESMIRNA VIDAL MORAGA
- Domicilio
- agrupación de comunas de Temuco
Sociedad
- Capital
- $15.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalESMIRNA VIDAL MORAGA, abogado, Notario Público de la agrupación de comunas de Temuco, Padre Las Casas, Vilcún, Cunco, Melipeuco y Freire, con oficio en Antonio Varas N°979, certifico que: Por escritura pública de fecha 28 de diciembre de 2023, repertorio número 14.951-23, ante mí, don MILTON GERARDO ZUÑIGA PRADENAS, chileno, transportista, soltero, cédula de identidad 10.941.210-4, con domicilio en calle Tirso de Molina N°05180 de la ciudad de Temuco; don YERKO ALEJANDRO PACHECO NOCHES, chileno, transportista, soltero, cédula de identidad número 18.427.319-5, con domicilio en Ruta Interlagos N°546 de la comuna de Puyehue; don JAVIER EDUARDO CENDOYA MANSILLA, chileno, transportista, soltero, cédula de identidad número 15.874.761-8, en representación de TRANSPORTES JAVIER EDUARDO CENDOYA MANSILLA E.I.R.L., del giro de su denominación, rol único tributario número 76.767.711-1, ambos con domicilio en calle Arturo Prat N°400 de la ciudad de Ancud y doña EMA LORENA ZUÑIGA PRADENAS, quien declara ser chilena, trabajadora dependiente, soltera, cédula de N°19.203.839-1, domiciliada en Ziem N°1894, departamento 709A, ciudad de Temuco, modificaron la sociedad LOGISTICA Y TRANSPORTES NACIONAL LIMITADA, inscrita a fojas 137 V., N°89 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año 2019, en la forma siguiente: 1. Cesión de derechos sociales: (A) YERKO ALEJANDRO PACHECO NOCHES se retira como socio de la Sociedad, cediendo la totalidad de sus derechos sociales: 10% a EMA LORENA ZUÑIGA PRADENAS que ingresa a la sociedad y 23,3% a MILTON GERARDO ZUÑIGA PRADENAS. (B) TRANSPORTES JAVIER EDUARDO CENDOYA MANSILLA E.I.R.L. se retira como socio de la Sociedad, cediendo la totalidad de sus derechos sociales a MILTON GERARDO ZUÑIGA PRADENAS. Consecuencia de estas cesiones, quedan como únicos socios EMA LORENA ZUÑIGA PRADENAS y MILTON GERARDO ZUÑIGA PRADENAS, con 10% y 90% de los derechos y haberes sociales respectivamente. 2. Modificación de estatutos: En virtud de la cesión de derechos que da cuenta escritura extractada, EMA LORENA ZUÑIGA PRADENAS y MILTON GERARDO ZUÑIGA PRADENAS, en su calidad de únicos socios, acordaron: a) Modificar la cláusula quinta de los estatutos sociales en el sentido de que la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don MILTON GERARDO ZUÑIGA PRADENAS quien anteponiendo su firma a la razón social, la representará con las más amplias facultades en todos los actos relativos a su objeto y giro ordinario y en especial en todos y cada uno de aquellos actos que se detallan en aquella clausula sin las limitaciones que allí se mencionan y b) Modificar la cláusula séptima de los estatutos sociales, en el sentido de que las utilidades de la sociedad y las eventuales perdidas que pudieren producirse se distribuirán entre los socios a prorrata de sus derechos sociales. La responsabilidad de los socios continúa limitada al monto de sus respectivos aportes. Capital Social: $15.000.000.- Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Queda vigente en el pacto social todo lo demás. Temuco, 15 de enero de 2023.