MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

INMOBILIARIA E INVERSIONES VIEGELLO E HIJOS S.A.

RUT 76117473-8 CVE 2438642
Fecha instrumento
29 de diciembre de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
29 de diciembre de 2023
Notario
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
Oficio
34ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
La ciudad de Santiago
Ley aplicable
ley 18.046

Administración

Corresponderá separada e indistintamente a los socios Armando Arnaldo Gellona Brusadelli y María Soledad De La Macarena Viejo García, quienes, anteponiendo la razón social a su firma, la representarán judicial y extrajudicialmente, en Chile o en el extranjero, con las más amplias facultades de administración y disposición que se precisen, en todos los asuntos, actos, contratos, juicios, etcétera, de cualquiera naturaleza que sean, que se encuentren pendientes o que se susciten en el futuro. Domicilio, La ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se establezcan en el resto del país

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular de la 34ª Notaría de Santiago, con oficio en Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, certifica: Por escritura del 29 de diciembre de 2023 ante mí, I.- Marcela Andrea Jorquera López, contadora auditora, domiciliada en Brown Norte 40 dpto. 1702, Ñuñoa, debidamente facultada reduce a escritura pública el Acta de la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad “INMOBILIARIA E INVERSIONES VIEGELLO E HIJOS S.A.” RUT N° 76.117.473-8, inscrita en extracto a fojas 50.319, N°35.095 del Registro de Comercio del año 2010 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago; de fecha 12 de diciembre de 2023; que acordó por la unanimidad de las acciones de la sociedad: 1.- Aumentar el capital de seiscientos veintinueve millones quinientos treinta y seis mil doscientos dieciséis pesos divididos en seiscientas diez acciones totalmente suscrito y pagado, a mil setecientos cinco millones quinientos treinta y seis mil doscientos dieciséis pesos dividido en mil cuatrocientas cuarenta y un acciones, mediante la emisión de ochocientas treinta y un acciones de pago, nominativas de una misma serie y sin valor nominal, las que podrán ser pagadas en dinero efectivo o con valores mobiliarios (acciones) de que sean titulares los accionistas, o créditos (cuentas por cobrar y/o mutuos) de que sean titulares contra la sociedad a su valor par. 2.- La modificación y reemplazo de los artículos de los estatutos relativos al capital, su suscripción y pago, en los términos en que aparece en el texto refundido de sus nuevos estatutos. 3.- Aprobar la transformación de la sociedad en una sociedad de responsabilidad limitada, aprobando los nuevos estatutos que regirán la sociedad transformada en sociedad de responsabilidad limitada y que en materia de extracto se resumen más adelante. II.- Armando Arnaldo Gellona Brusadelli, empresario, domiciliado en calle del corralero 6608, Vitacura, Santiago. María Soledad De La Macarena Viejo García, factor de comercio, mismo domicilio del compareciente anterior. Armando Nicolás Gellona Viejo, ingeniero comercial, Antonio Maximiliano Gellona Viejo, sicólogo, y, Tomás Arnaldo Gellona Viejo, ingeniero civil, los tres últimos comparecientes domiciliados en Gran Avenida 6.819, La Cisterna, Región Metropolitana, comparecen y concurren a la escritura extractada como únicos actuales accionistas en cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 97 de la ley 18.046 sobre sociedades anónimas, y acuerdan de consuno su transformación en sociedad de responsabilidad limitada, bajo la razón social de INMOBILIARIA E INVERSIONES VIEGELLO E HIJOS LIMITADA, en los términos que fue aprobado en la Junta Extraordinaria de Accionistas cuyo texto se reduce a escritura pública en el Artículo Primero de la escritura extractada, aprobando los nuevos estatutos que regirán la sociedad transformada en sociedad de responsabilidad limitada y que en materia de extracto se resumen como sigue: Razón Social. "INMOBILIARIA E INVERSIONES VIEGELLO E HIJOS LIMITADA". Sin embargo y, sólo para fines de propaganda o publicidad, la sociedad podrá usar también el nombre de fantasía de "VIEGELLO E HIJOS LTDA”. Domicilio. La ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que puedan establecer en otras ciudades del país o del extranjero. Duración, 5 años contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que se entenderá renovado tácita, automática y sucesivamente por nuevos períodos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su intención de ponerle término al final del período que estuviere en curso, en la forma y plazos indicado en escritura. Objeto, a) La compra, venta, administración y explotación, para fines de inversión y renta de toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, especialmente acciones, bonos, debentures, derechos en cualquier especie de sociedades, efectos de comercio, valores mobiliarios y cualquier otro instrumento del mercado de capitales o financiero, la percepción de rentas y frutos naturales y civiles de esas inversiones y su administración; La participación de todo tipo de sociedades; b) la representación de empresas nacionales y extranjeras; c) La compra, venta, enajenación, comercialización, arrendamiento, administración, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces; d) la promoción, organización, desarrollo y participación en todo tipo de negocios; y e) La prestación de servicios y asesorías en materias relacionadas con los objetos antes señalados, especialmente en las áreas económica, financiera y gerencial. Capital, mil setecientos cinco millones quinientos treinta y seis mil doscientos dieciséis pesos que los socios han aportado y aportan de la siguiente manera: a) ARMANDO ARNALDO GELLONA BRUSADELLI, seiscientos tres millones setecientos veinticinco mil doscientos treinta y un pesos, en dinero efectivo ingresado a la caja social con anterioridad a este acto; b) MARÍA SOLEDAD DE LA MACARENA VIEJO GARCÍA, diez millones trescientos veinticuatro mil trescientos noventa y cuatro pesos en dinero efectivo ingresado a la caja social con anterioridad a este acto; c) ANTONIO MAXIMILIANO GELLONA VIEJO, trescientos sesenta y tres millones ochocientos veintiocho mil ochocientos sesenta y cuatro pesos, que ha pagado y paga: i) cinco millones ciento sesenta y dos mil ciento noventa y siete pesos en dinero efectivo ingresado a la caja social con anterioridad a este acto; ii) trescientos cincuenta y ocho millones seiscientos sesenta y seis mil seiscientos sesenta y siete pesos correspondiente a la capitalización proporcional del crédito de que es titular con otros socios en contra la sociedad; d) ARMANDO NICOLÁS GELLONA VIEJO, trescientos sesenta y tres millones ochocientos veintiocho mil ochocientos sesenta y cuatro pesos, que ha pagado y paga: i) cinco millones ciento sesenta y dos mil ciento noventa y siete pesos en dinero efectivo ingresado a la caja social con anterioridad a este acto; ii) trescientos cincuenta y ocho millones seiscientos sesenta y seis mil seiscientos sesenta y siete pesos correspondiente a la capitalización proporcional del crédito de que es titular con otros socios en contra la sociedad; y, e) TOMÁS ARNALDO GELLONA VIEJO, trescientos sesenta y tres millones ochocientos veintiocho mil ochocientos sesenta y tres pesos, que ha pagado y paga: i) cinco millones ciento sesenta y dos mil ciento noventa y siete pesos en dinero efectivo ingresado a la caja social con anterioridad a este acto; ii) trescientos cincuenta y ocho millones seiscientos sesenta y seis mil seiscientos sesenta y seis pesos correspondiente a la capitalización proporcional del crédito de que es titular con otros socios en contra la sociedad. Administración. Corresponderá separada e indistintamente a los socios Armando Arnaldo Gellona Brusadelli y María Soledad De La Macarena Viejo García, quienes, anteponiendo la razón social a su firma, la representarán judicial y extrajudicialmente, en Chile o en el extranjero, con las más amplias facultades de administración y disposición que se precisen, en todos los asuntos, actos, contratos, juicios, etcétera, de cualquiera naturaleza que sean, que se encuentren pendientes o que se susciten en el futuro. Domicilio, La ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se establezcan en el resto del país. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 10 de enero de 2024.