ADEEL INTERNATIONAL IMPORT. EXPORT. LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de febrero de 2018
- Notario
- FERNANDO MAURICIO CANALES HERTRAMPF
- Oficio
- Primera Notaria de Iquique
- Comuna
- Iquique
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFERNANDO MAURICIO CANALES HERTRAMPF, abogado, Notario Público Interino de la Primera Notaria de Iquique, Aníbal Pinto 555, certifico que Por escritura pública de hoy, ante mí: Don RANA ADEEL IFTIKHAR, por sí y en representación, de Don WARASAT ALI KHAN, domiciliados para estos efectos en Avenida Salvador Allende Gossens número mil seiscientos sesenta y ocho, Condominio Buena Vista, departamento ciento ochenta y dos Torre A, Iquique; sanean modificación de sociedad “ADEEL INTERNATIONAL IMPORT. EXPORT. LIMITADA o R.A. IMPORT. EXPORT. LTDA.” constituida por escritura pública de fecha 28 de Febrero del año 2018, otorgada ante Notario Público de Iquique Don RUBEN ANTONIO ESCOBAR GARCIA, suplente de la titular Doña MARIA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA, cuyo extracto fue inscrito a fojas 318 número 208, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Iquique, correspondiente al año 2018, y debidamente publicada en el Diario Oficial de la República de Chile. En este acto y conforme a lo dispuesto en la ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, vienen en sanear por subsanación el vicio no formal incurrido en el extracto de la escritura pública de modificación social suscrita con fecha 24 de Agosto del año 2023, repertorio número 1985, otorgada ante don FERNANDO MAURICIO CANALES HERTRAMPF, Notario Público interino de Iquique, cuyo extracto se inscribió a fojas 891 número 512, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Iquique, correspondiente al año 2023; en el sentido de que se incurrió en un error involuntario, al consignar al socio Don IFTIKHAR AHMED RANA, que mediante la modificación social refereida vendió y dejó de ser socio de la sociedad, al respecto: donde dice: “Actuales socios modifican cláusula cuarta pacto social, sentido que administración sociedad y uso razón social corresponderá a los socios, Don IFTIKHAR AHMED RANA, y Don WARASAT ALI KHAN, quienes actuando en forma conjunta, separada e indistintamente por la sociedad y anteponiendo la razón social a sus firmas la representarán y obligarán, con amplias facultades.” debe decir:. “Actuales socios modifican cláusula cuarta pacto social, sentido que administración sociedad y uso razón social corresponderá a los socios, Don RANA ADEEL IFTIKHAR, y Don WARASAT ALI KHAN, quienes actuando en forma conjunta, separada e indistintamente por la sociedad y anteponiendo la razón social a sus firmas la representarán y obligarán, con amplias facultades.”. En consecuencia, los comparecientes vienen en sanear por subsanación el vicio no formal incurrido en el extracto, y rectifican el referido extracto, en el sentido antes señalado. En lo restante permanece inalterado el texto del referido extracto. Demás estipulaciones escritura extractada. Iquique, 20 de Diciembre 2023.