MAIFUD SpA
Instrumento
- Fecha
- 11 de enero de 2024
- Repertorio
- 577
- Notario
- EDUARDO DIEZ MORELLO
- Oficio
- Trigésima Cuarta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $25.877.340 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO DIEZ MORELLO, Notario Público Titular de la Trigésima Cuarta Notaría de Santiago, ubicada en Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, Santiago, certifica: Que por escritura pública otorgada con fecha 11 de Enero de 2024, Repertorio Nº 577, otorgada ante mí, don DARÍO CONTRERAS LEVY, cédula de identidad número 15.641.060-8, domiciliado para estos efectos en Avenida Condell número 704, departamento 318, comuna de Providencia, Región Metropolitana, el compareciente en sus calidad de único accionista de MAIFUD SpA, sociedad inscrita a fojas 12329 número 6745 del año 2018 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago; acordaron, entre otra materias: 1) Aumentar el capital social en la cantidad de $25.377.340, esto es, desde su monto actual de $500.000 dividido en 10.000 acciones, todas ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, al monto de $25.877.340 dividido en 10.638 acciones, mediante la emisión de 638 nuevas acciones de pago, todas ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. Producto del aumento, presente en el acto, comparece don IGNACIO EDUARDO HERMOSILLA VENEGAS, cédula de identidad número 16.123.328-5, quien se incorpora como nuevo accionista, suscribiendo y pagando la totalidad de las acciones emitidas productos del aumento de capital. 2) Como consecuencia de las modificaciones acordadas anteriormente, se modificaron los estatutos sociales, reemplazándose los artículos Quinto y Primero Transitorio por los siguientes: “ARTÍCULO QUINTO: “El capital será la suma de $25.877.340.-, dividido en 10.638 acciones ordinarias, nominativas, de única serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan de acuerdo a la forma indicada en el Artículo Primero Transitorio. Tanto el capital inicial como los eventuales aumentos de capital podrán pagarse en dinero efectivo o con otros bienes. La valoración de estos aportes se fijará de la manera en que se acuerde con ocasión de cada aumento. En silencio o a falta de acuerdo, los aportes deberán pagarse en dinero efectivo. Los aumentos de capital solo podrán ser acordados por los accionistas y éstos tendrán derecho de opción preferente.”. “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la Sociedad, que asciende a la suma de $25.877.340.-, dividido en 10.638 acciones ordinarias, nominativas, de única serie y sin valor nominal, se encuentra íntegramente suscrito y pagado a esta fecha”. 3) Asimismo, se acordó modificar los estatutos de la sociedad en materias no extractables. Demás disposiciones constan en escritura extractada. Santiago, 11 de enero de 2024.