INVERSIONES LA INDIANA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de diciembre de 2023
- Repertorio
- 40987
- Notario
- ÁLVARO GONZALEZ SALINAS
- Oficio
- 42 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.030.380.574 CLP
- Domicilio
- ciudad de Santo Domingo, Provincia de San Antonio, Región de Valparaíso
- Duración
- 10 años prorrogables periodos iguales y sucesivos de 3 años cada uno
Objeto social
es la explotación de inversiones en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, de toda clase, tales como: acciones, bonos, debentures, monedas extranjeras, fondos mutuos, fondos de inversión, y; en general, invertir en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos, o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. Para el cumplimiento de su objetivo la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y)o asociada o en co-participación con terceros, ya sea en Chile o en el extranjero
Administración
La administración de los negocios sociales, el uso de la razón social y la representación de la sociedad, judicial y extrajudicial, será ejercida por don Jorge Enrique Poblete Grbic, en actuación individual, y; por doña Patricia Andrea Alvarado Paiva, en actuación conjunta con doña Paola Andrea Poblete Guerra o, con doña Edda María Alejandra Poblete Guerra, o; con don Raúl Humberto Poblete Guerra. Responsabilidad: Limitada a respectivos aportes efectivamente enterados en arcas sociales
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalÁLVARO GONZALEZ SALINAS, Notario Público Titular de la 42 Notaría de Santiago, con oficio en Apoquindo Nº 3001, 2º piso, comuna de Las Condes, certifico: Por escritura pública ante mí de 28 de diciembre de 2023, Repertorio N°40.987: JORGE ENRIQUE POBLETE GRBIC, con domicilio en Av. Las Flores N° 12.368, Las Condes, R.M., RAÚL HUMBERTO POBLETE GUERRA, domiciliado en Nuestra Señora del Rosario N° 550, Depto.1204, Las Condes, R. M., EDDA MARÍA ALEJANDRA POBLETE GUERRA, domiciliada en Depto. 12 del Edificio A del Condominio Terralta Los Dominicos con acceso por Avenida Francisco Bulnes Correa N°3.640, Las Condes, R.M.; PAOLA ANDREA POBLETE GUERRA, con domicilio en Camino Central N°2.560 Depto 32, Lo Barnechea, R.M.; ANDRÉS IGNACIO POBLETE HERNÁNDEZ, con domicilio en Evaristo Lillo N°111, Depto. 902, Las Condes, R. M., LUCAS SANTIAGO POBLETE DREYER, domiciliado en Padre Hurtado Norte N°1.755, depto. C 11, Vitacura, R. M., SERGIO NICOLÁS POBLETE HERNÁNDEZ, con domicilio en Fundo Santa Herminia sin número, comuna de Padre Hurtado, R. M., TOMAS HERNÁN POBLETE HERNÁNDEZ, con domicilio en Flat 59, Westerham, Bayham Street, N W uno cero J U, Londres, Inglaterra, representado por ANDRÉS VERGARA KAPLAN, domiciliado en Fernando de Aragón N°4.164, Las Condes, R.M., modificaron sociedad “INVERSIONES LA INDIANA LIMITADA”, Rol Único Tributario N°84.709.500-8 constituida por escritura pública 30 / 11) 1976, ante Notario Público de Santiago don Alfredo Astaburuaga Gálvez, inscrita en extracto Registro Comercio de Santiago a fs. 572 N° 312 año 1977, publicada D.O. 24 / 01 / 1977, siguiente sentido: UNO) Dividieron sociedad en dos sociedades, permanece vigente sociedad actual y se crea otra sociedad de responsabilidad limitada a la cual se traspasa el 75% del capital social y de las utilidades retenidas de acuerdo a balance y registro de rentas empresariales protocolizado misma notaria y fecha. DOS) Se disminuye el capital en $5.030.380.574.- TRES) Se modifica la cláusula quinta del capital, queda de la siguiente forma: QUINTO: El capital de la sociedad es de $1.676.793.525.-, y fue aportado y pagado de la siguiente forma: a) don Jorge Enrique Poblete Grbic aporta y paga la suma de $435.966.316.-, pagado íntegramente por el socio original en bienes y dinero, correspondiente al 26% de participación social; b) don Raúl Humberto Poblete Guerra, aporta y paga la suma de $279.353.800.-, equivalentes al 16,66% de participación social, pagados al momento de constituir la sociedad y en los meses siguientes a la misma en dinero y bienes, por el socio original; c) doña Edda María Alejandra Poblete Guerra aporta y paga la suma de un $279.521.481.-, correspondientes al 16,67% de participación social, aportados y pagados por el socio constituyente en dinero y especies, según se indicó en la escritura de constitución; d) doña Paola Andrea Poblete Guerra aporta y paga la suma de $279.521.481.-, correspondientes al 16,67% por ciento de participación social, aportados y pagados por el socio constituyente en dinero y especies, según se indicó en la escritura de constitución; e) don Andrés Ignacio Poblete Hernández, aporta y paga la suma de $117.375.547.- pesos, equivalentes al 7% de participación social, aportados y pagados en dinero y especies, por socio original; f) don Lucas Santiago Poblete Dreyer, aporta y paga la suma de $50.303.806.-, equivalentes al 3% de participación social, aportados y pagados en dinero y especies por socio constituyente; g) don Sergio Nicolas Poblete Hernández, aporta y paga la suma de $117.375.547.-, equivalentes al 7% de participación social, aportados y pagados en dinero y especies, por socio original, y; h) don Tomás Hernán Poblete Hernández aporta y paga la suma de $117.375.547.-, equivalentes al 7% de participación social, aportados y pagados en dinero y especies, por socio original. En consecuencia el capital se encuentra íntegramente pagado e ingresado en arcas sociales. CUATRO) Cambia la razón social pasando a ser “Inversiones Inmobiliarias La Indiana Limitada”. En lo no modificado se mantiene vigente estatuto original y modificaciones posteriores. QUINTO) Producto de la división se crea nueva sociedad, cuyo extracto es: EXTRACTO DE LA CONSTITUCION: JORGE ENRIQUE POBLETE GRBIC, con domicilio en Av. Las Flores N° 12.368, Las Condes, R.M., RAÚL HUMBERTO POBLETE GUERRA, domiciliado en Nuestra Señora del Rosario N° 550, Depto.1204, Las Condes, R. M., EDDA MARÍA ALEJANDRA POBLETE GUERRA, domiciliada en Depto. 12 del Edificio A del Condominio Terralta Los Dominicos con acceso por Avenida Francisco Bulnes Correa N°3.640, Las Condes, R.M.; PAOLA ANDREA POBLETE GUERRA, con domicilio en Camino Central N°2.560 Depto 32, Lo Barnechea, R.M.; ANDRÉS IGNACIO POBLETE HERNÁNDEZ, con domicilio en Evaristo Lillo N°111, Depto. 902, Las Condes, R. M., LUCAS SANTIAGO POBLETE DREYER, domiciliado en Padre Hurtado Norte N°1.755, depto. C 11, Vitacura, R. M., SERGIO NICOLÁS POBLETE HERNÁNDEZ, con domicilio en Fundo Santa Herminia sin número, comuna de Padre Hurtado, R. M., TOMAS HERNÁN POBLETE HERNÁNDEZ, con domicilio en Flat 59, Westerham, Bayham Street, N W uno cero J U, Londres, Inglaterra, representado por ANDRÉS VERGARA KAPLAN, domiciliado en Fernando de Aragón N°4.164, Las Condes, R.M constituyen sociedad de responsabilidad limitada; Razón social: Inversiones Piedra de la Paragua Limitada. Domicilio: ciudad de Santo Domingo, Provincia de San Antonio, Región de Valparaíso. Objeto social: es la explotación de inversiones en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, de toda clase, tales como: acciones, bonos, debentures, monedas extranjeras, fondos mutuos, fondos de inversión, y; en general, invertir en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos, o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. Para el cumplimiento de su objetivo la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en co-participación con terceros, ya sea en Chile o en el extranjero. Duración: 10 años prorrogables periodos iguales y sucesivos de 3 años cada uno. Capital: El capital de la sociedad será la suma de $5.030.380.574.-, íntegramente pagado con el capital de la sociedad que se divide, el que es aportado por los socios en la misma proporción de su participación en dicha sociedad, quedando la cláusula del capital de la siguiente forma: a) Don Jorge Enrique Poblete Grbic aporta $1.307.898.949.-, equivalentes al 26% del capital social, aportado, pagado e ingresado en la caja social mediante el aporte en dominio de inversiones financieras provenientes de la sociedad que se divide; b) don Raúl Humberto Poblete Guerra aporta $838.061.404.-, correspondientes al 16,66% del capital social, los cuales paga e ingresa a la caja social en este acto mediante el aporte en dominio de inversiones financieras provenientes de la sociedad que se divide; c) doña Edda María Alejandra Poblete Guerra, aporta $838.564.442.- correspondientes al 16,67% del capital social, los cuales paga e ingresa a la caja social, en este acto mediante el aporte en dominio de inversiones financieras provenientes de la sociedad que se divide, d) doña Paola Andrea Poblete Guerra, aporta $838.564.442.-, equivalentes al 16,67% del capital social, los cuales paga e ingresa a la caja social, en este acto mediante el aporte en dominio de inversiones financieras provenientes de la sociedad que se divide; e) Andrés Ignacio Poblete Hernández aporta $352.126.640.- equivalentes al 7% del capital social, los cuales paga e ingresa a la caja social, en este acto mediante el aporte en dominio de inversiones financieras provenientes de la sociedad que se divide; f) don Lucas Santiago Poblete Dreyer aporta $150.911.417.- equivalentes al 3% del capital social, los cuales paga e ingresa a la caja social, en este acto mediante el aporte en dominio de inversiones financieras provenientes de la sociedad que se divide; g) don Sergio Nicolas Poblete Hernández aporta $352.126.640.-, equivalentes al 7% del capital social, los cuales paga e ingresa a la caja social, en este acto mediante el aporte en dominio de inversiones financieras provenientes de la sociedad que se divide y; h) don Tomás Hernán Poblete Hernández aporta $352.126.640.-, equivalentes al 7% del capital social, los cuales paga e ingresa a la caja social, en este acto mediante el aporte en dominio de inversiones financieras provenientes de la sociedad que se divide. De tal forma el capital queda íntegramente pagado e ingresado en la caja social. Administración: La administración de los negocios sociales, el uso de la razón social y la representación de la sociedad, judicial y extrajudicial, será ejercida por don Jorge Enrique Poblete Grbic, en actuación individual, y; por doña Patricia Andrea Alvarado Paiva, en actuación conjunta con doña Paola Andrea Poblete Guerra o, con doña Edda María Alejandra Poblete Guerra, o; con don Raúl Humberto Poblete Guerra. Responsabilidad: Limitada a respectivos aportes efectivamente enterados en arcas sociales. Demás estipulaciones y detalle en escritura extractada. Santiago, 11 de enero de 2024.