CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES G.R. LIMITADA

CVE 2437752
Capital
$130.000.000 CLP
Fecha instrumento
4 de enero de 2024
Notaría
Curicó
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
4 de enero de 2024
Notario
JOSÉ MARCELO ADASME BRAVO
Oficio
Segunda Notaría de Curicó
Comuna
Curicó

Sociedad

Capital
$130.000.000 CLP
Domicilio
Ciudad Curicó
Duración
Empezará a regir con esta fecha y expirará 31 diciembre 2050, prorrogable automáticamente períodos dos años, salvo cualquier socio manifieste voluntad de ponerle término por escritura pública anotada margen inscripción social, anticipación mínima seis meses.- Curicó, 04 enero 2024

Objeto social

La obtención de beneficios o rentas de la inversión de los fondos sociales en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho; y cualquier otro negocio que acordaren los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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JOSÉ MARCELO ADASME BRAVO, Notario Público Interino Segunda Notaría de Curicó, con oficio en calle Carmen 489, certifica: Por escritura pública hoy ante mí, BENITO EDUARDO GIMÉNEZ BASULTO y SILVIA DEL CARMEN ROSSO FIRPO, ambos domiciliados en Arturo Pérez Canto 1045, Villa Rucatremo, Curicó; constituyeron una Sociedad Colectiva Civil de Responsabilidad Limitada: Razón Social: “INVERSIONES G.R. LIMITADA”, nombre fantasía "G.R. LTDA.”.- Domicilio: Ciudad Curicó, sin perjuicio sucursales resto país o extranjero.- Objeto: La obtención de beneficios o rentas de la inversión de los fondos sociales en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho; y cualquier otro negocio que acordaren los socios.- Administración, representación y uso razón social: Corresponderá conjuntamente a BENITO EDUARDO GIMENEZ BASULTO y SILVIA DEL CARMEN ROSSO FIRPO, amplias facultades.- Capital: $130.000.000.-, socios pagan y pagarán siguiente forma: Uno) BENITO EDUARDO GIMENEZ BASULTO, aporta $65.000.000.-, equivalentes 50% capital social, con $1.000.000.- dinero efectivo, ingresados caja social y con $64.000.000.- plazo tres años; y Dos) SILVIA DEL CARMEN ROSSO FIRPO, aporta $65.000.000.-, equivalentes 50% capital social, con $1.000.000.- dinero efectivo, ingresados caja social y con $64.000.000.- plazo tres años.- Duración: Empezará a regir con esta fecha y expirará 31 diciembre 2050, prorrogable automáticamente períodos dos años, salvo cualquier socio manifieste voluntad de ponerle término por escritura pública anotada margen inscripción social, anticipación mínima seis meses.- Curicó, 04 enero 2024.