CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

TRANSPORTES ALMAR LIMITADA

RUT 13615624-1 CVE 2436834
Capital
$20.000.000 CLP
Fecha instrumento
10 de enero de 2024
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
10 de enero de 2024
Notario
PEDRO RICARDO REVECO HORMAZÁBAL
Oficio
19ª Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$20.000.000 CLP
Domicilio
Santiago, pudiendo abrir sucursales, agencias y/o representaciones en cualquier lugar del país o del extranjero
Duración
La Sociedad tendrá una duración de 5 años, y se renovará por periodos iguales y sucesivos de 5 años, salvo que con seis meses de anticipación, a lo menos, a la fecha de la expiración inicial o de cualquiera de sus prorrogas, alguno de los socios manifestare a la otra sus decisión de poner término a la Sociedad

Objeto social

a) El transporte de pasajeros, turistas y)o trabajadores, nacional o internacional, directamente o por intermedio de terceros, por vía terrestre, área, marítima, fluvial o lacustre, ya sea en vehículos o naves propias, arrendadas o a través de la intermediación, y toda otra actividad lícita, directa o indirectamente relacionado con la anterior. b) El Transporte de carga nacional o internacional, directamente o por intermedio de terceros, por vía terrestre, área, marítima, fluvial o lacustre, ya sea en vehículos o naves propias, arrendadas o a través de la intermediación. c) La sociedad podrá ejecutar todas las actuaciones que tienden a la consecución de su finalidad, y en general cualquier otra actividad conexa o no con las anteriores, que los socios acuerden, sin que para ello sea necesario modificar el pacto social

Administración

La administración, el uso de la razón social y la representación de la sociedad corresponderá a ambos socios indistintamente

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PEDRO RICARDO REVECO HORMAZÁBAL, Notario Público Titular 19ª Notaría Santiago, con oficio en calle Bandera 341, of. 352, 3er. Piso, Certifico: Por escritura pública de fecha cuatro de Enero de dos mil veinticuatro, ante mí, MARTÍN ENRIQUE MÉNDEZ URRUTIA, cedula nacional de identidad número 13.615.624-1 con domicilio en el departamento 404 ubicado en calle Viña del Valle número 8780, comuna de Pudahuel, Región Metropolitana, y ELÍAS OSVALDO ALVIAL LAGOS, cedula de identidad número 17.002.689-6, con domicilio en Avenida Carrascal número 4007, comuna de Quinta Normal, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, denominada “TRANSPORTES ALMAR LIMITADA”, Nombre de Fantasía “TRANSPORTES ALMAR LTDA.” OBJETO: a) El transporte de pasajeros, turistas y/o trabajadores, nacional o internacional, directamente o por intermedio de terceros, por vía terrestre, área, marítima, fluvial o lacustre, ya sea en vehículos o naves propias, arrendadas o a través de la intermediación, y toda otra actividad lícita, directa o indirectamente relacionado con la anterior. b) El Transporte de carga nacional o internacional, directamente o por intermedio de terceros, por vía terrestre, área, marítima, fluvial o lacustre, ya sea en vehículos o naves propias, arrendadas o a través de la intermediación. c) La sociedad podrá ejecutar todas las actuaciones que tienden a la consecución de su finalidad, y en general cualquier otra actividad conexa o no con las anteriores, que los socios acuerden, sin que para ello sea necesario modificar el pacto social. DOMICILIO. Santiago, pudiendo abrir sucursales, agencias y/o representaciones en cualquier lugar del país o del extranjero. CAPITAL. $20.000.000, que los socios aportan y enteran en la siguiente forma: A) MARTÍN ENRIQUE MÉNDEZ URRUTIA, aporta la suma de $10.000.000, equivalentes al 50% del capital social, que paga al contado y en dinero efectivo, el cual ingresa en este acto en arcas de la sociedad. B) ELÍAS OSVALDO ALVIAL LAGOS, aporta la suma de $10.000.000, equivalentes al 50% del capital social, que paga al contado y en dinero efectivo, el cual ingresa en este acto en arcas de la sociedad. EPRESENTACIÓN Y ADMINISTRACIÓN. La administración, el uso de la razón social y la representación de la sociedad corresponderá a ambos socios indistintamente. DURACIÓN: La Sociedad tendrá una duración de 5 años, y se renovará por periodos iguales y sucesivos de 5 años, salvo que con seis meses de anticipación, a lo menos, a la fecha de la expiración inicial o de cualquiera de sus prorrogas, alguno de los socios manifestare a la otra sus decisión de poner término a la Sociedad. RESPONSABILIDAD DE LOS SOCIOS. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago 10 de Enero de 2024.-