SOCIEDAD MÉDICA, APOYO A LA GESTIÓN E INVESTIGACIÓN AMPLIADA SpA
Instrumento
- Fecha
- 10 de enero de 2024
- Notario
- JORGE ELIAS TADRES HALES
- Domicilio
- Temuco
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha cinco de Enero de dos mil veinticuatro, ante mí, doña ESTEFANY SCARLETTE CARES RUBIO, chilena, soltera, abogada, cedula de identidad número dieciséis millones novecientos ochenta y dos mil doscientos setenta guion cero, domiciliada en avenida San Martín numero novecientos veinticuatro, oficina cuatrocientos tres, de la comuna y ciudad de Temuco, redujo a escritura pública ACTA JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS de la “SOCIEDAD MÉDICA, APOYO A LA GESTIÓN E INVESTIGACIÓN AMPLIADA SpA” de fecha veintiocho de diciembre de dos mil veintitrés, Rol Único Tributario número setenta y seis millones cuatrocientos cuarenta y siete mil cuatrocientos setenta y uno guion seis; la cual fue constituida por escritura pública de fecha diez de agosto del año dos mil dieciséis, ante don Luis Latorre Martin, Abogado, Notario Público Suplente del titular doña Myriam Amigo Arancibia, de la Vigésimo Primera Notaria de Santiago, y anotada al Repertorio de Instrumentos Públicos bajo el número trece mil novecientos cuatro del año dos mil dieciséis, y cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Rio Bueno, a fojas cuarenta y cuatro vuelta, número treinta y nueve del año dos mil dieciséis, y publicado en la edición del Diario Oficial número cuarenta y un mil quinientos treinta y nueve, de fecha veintidós de agosto del mismo año. Dicha sociedad fue modificada por: UNO) Escritura pública de fecha cinco de noviembre del año dos mil diecinueve, otorgada en la Notaría de Temuco de don Jorge Elías Tadres Hales, la cual se encuentra inscrita en extracto a fojas mil cuatrocientos cincuenta y ocho vuelta, número ochocientos veintitrés en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año dos mil diecinueve, y publicada en la edición del Diario Oficial número cuarenta y dos mil quinientos tres, con fecha quince de noviembre de dos mil diecinueve; y DOS) Escritura pública de fecha quince de diciembre del año dos mil veintidós, otorgada en la Notaría de Temuco de don Jorge Elías Tadres Hales, la cual se encuentra inscrita en extracto a fojas mil ciento noventa y ocho, número seiscientos treinta y tres, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año dos mil veintidós, y publicada en la edición del Diario Oficial número cuarenta y tres mil cuatrocientos treinta y uno, con fecha veintiuno de diciembre de dos mil veintidós.- VOTACIÓN Y ACUERDOS. Tras analizar y deliberar detalladamente los términos de la liquidación y demás materias expuestas por el señor Presidente, se Ilama a los señores accionistas a votar separadamente cada uno de los temas tratados en la tabla, de acuerdo al procedimiento de votación establecido. Así, la Junta Extraordinaria de Accionistas, adoptó los siguientes acuerdos, a los cuales dio lectura el señor Presidente y que fueron votados y aprobados, separadamente por los concurrentes a esta Junta, que representan la totalidad de las acciones emitidas con derecho a voto por la Sociedad. Dichos acuerdos producirán sus efectos a partir de la fecha en que se reduzca a escritura pública el acta de la presente Asamblea: PRIMER ACUERDO: Aprobar el balance de la Sociedad al treinta de noviembre de dos mil veintitrés, preparado por la empresa de Asesoría Contable externa. Además, se aprueba el Estado de Situación Financiera de la Sociedad, presentado por el Presidente y que se adjuntará al final del acta que se levante de esta Junta de Accionistas, como anexo a la misma, y se protocolizara conjuntamente con la escritura pública a la que se reduzca dicha acta bajo su misma fecha y número de repertorio. Aprobado con seiscientas cincuenta acciones ordinarias con derecho a voto. SEGUNDO ACUERDO: Aprobar los retiros realizados por cada accionista, de acuerdo a lo presentado por la empresa de Asesoría Contable externa. Aprobado con seiscientas cincuenta acciones ordinarias con derecho a voto. TERCER ACUERDO: Modificar los estatutos de la sociedad en cuanto a la administración de la misma, con efectos a partir de la fecha en que se reduzca a escritura pública la presente acta. En consecuencia, se aprueba modificar la cláusula DECIMA y DECIMA SEGUNDA, de la escritura de constitución de sociedad, quedando en consecuencia sin efecto además la cláusula QUINTA, numero DOS, de la escritura de modificación de la misma, de fecha quince de diciembre de dos mil veintidós, repertorio seis mil ochocientos cincuenta y tres guion dos mil veintidós, de la Notaria de don Jorge Tadres de la ciudad de Temuco. Por tanto, se elimina el cargo de GERENTE GENERAL, quedando únicamente don MARCELO POTTHOFF NAVARRETE, en calidad de administrador de la sociedad. Aprobado con seiscientas cincuenta acciones ordinarias con derecho a voto. CUARTO ACUERDO: Se aprueba realizar las modificaciones estatutarias a fin de plasmar los acuerdos aquí obtenidos. Aprobado con seiscientas cincuenta acciones ordinarias con derecho a voto. QUINTO ACUERDO: Los accionistas indicaron que los acuerdos adoptados en esta Asamblea produzcan sus efectos a partir de la fecha en que se reduzca a escritura pública el Acta que da cuenta de la misma. Aprobado con seiscientas cincuenta acciones ordinarias con derecho a voto. SEXTO ACUERDO: Para efectos de dar cumplimiento a los acuerdos adoptados en esta Asamblea, los accionistas convinieron en otorgar los siguientes poderes: a) Reducción del acta a escritura pública y legalización de las reformas a los estatutos acordados en la junta: Se faculta a doña ESTEFANY CARES, cedula de identidad número dieciséis millones novecientos ochenta y dos mil doscientos setenta guion cero, abogada, para que reduzca a escritura pública, todo o parte del acta de la presente junta, y para que efectúe todos los tramites, actuaciones y gestiones que fueren necesarios o convenientes para legalizar sus acuerdos, y para otorgar y suscribir toda escritura pública o instrumento declarativo, complementario, aclaratorio o rectificatorio, relativo a las aprobaciones y acuerdos adoptados, para lo cual actuara en representación de la Sociedad y sus accionistas, según sea el caso. Adicionalmente, se acordó facultar al portador de copia autorizada de la reducción a escritura pública del acta de la presente junta o un extracto autorizado de la misma, para requerir y firmar las anotaciones, inscripciones y subinscripciones que sean necesarias en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces competente y recabar su publicación en el Diario Oficial y, en general, para realizar cualquier otro procedimiento o tramite que sea pertinente o necesario para obtener la completa legalización de los acuerdos adoptados en la presente Junta, todo lo cual podrá requerir y efectuar cuantas veces lo estimare necesario para la correcta y completa legalización de estos antecedentes. b) Trámite ante el Servicio de Impuestos Internos: Facultar a las contadoras Auditoras doña Leslie Fabres Tobar, cedula de identidad número diecisite millones trescientos sesenta y seis mil ciento treinta y uno guion dos, y a doña María José Cabrera, cedula de identidad número quince millones novecientos ochenta y seis mil ochocientos setenta y siete guion K, para que, indistintamente concurran al Servicio de Impuestos Internos y efectúe en representación de la Sociedad, y realicen todos los trámites y actuaciones que sean necesarios y pertinentes para llevar a cabo los acuerdos adoptados en esta junta, con las más amplias atribuciones y facultades, pudiendo al efecto firmar todo tipo de formularios, acompañarle anexos, desistirse de los mismos y ser notificados a nombre de la sociedad de cualquier actuación. Aprobado con seiscientas cincuenta acciones ordinarias con derecho a voto. SEPTIMO ACUERDO: Por unanimidad de las acciones emitidas con derecho a voto, se acuerda protocolizar tanto el registro de los accionistas presentes, como las papeletas que contienen los votos válidamente emitidos referentes a cada punto tratado en esta junta, todo ello a fin de dejar registro de los acuerdos adoptados. DÉCIMO SEGUNDO: CLAUSURA. Antes de poner término a la reunión, el señor Presidente agradece la comparecencia de los accionistas, y da la palabra a fin de indicar cualquier otro punto. Sin más observaciones, se da por cerrada la presente junta extraordinaria. Por tanto, habiéndose tratado todas las materias objeto de la presente Junta, el Presidente puso término a misma siendo las trece horas con veintiún minutos. CERTIFICACION NOTARIAL: CERTIFICO: que la presente acta, es expresión fiel de lo ocurrido y acordado en la Junta Extraordinaria de Accionistas de SOCIEDAD MÉDICA, APOYO A LA GESTIÓN E INVESTIGACIÓN AMPLIADA SpA, realizada el día veintiocho de Diciembre de dos mil veintitrés, a las diez horas, en mi oficio de calle Antonio Varas novecientos setenta y seis, Temuco. Temuco, veintiocho de Diciembre de dos mil veintitrés. Hay firma ilegible y un timbre que dice Jorge Elías Tadres Hales - Notario Público Temuco”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 10 de Enero de 2024.-