MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

INTERLAGER SpA

RUT 76026612-4 CVE 2437154
Capital
$470.000.000 CLP
Fecha instrumento
29 de diciembre de 2023
Notaría
Providencia

Instrumento

Fecha
29 de diciembre de 2023
Notario
LUIS EDUARDO RODRÍGUEZ BURR
Oficio
Primera Notaría de Providencia
Comuna
Providencia

Sociedad

Capital
$470.000.000 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
ASESORÍA Y SERVICIOS CAPRI LIMITADA socio 76328043-8

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS EDUARDO RODRÍGUEZ BURR, Abogado, Notario Público titular de la Primera Notaría de Providencia, con oficio en Avenida Providencia número 1777, Providencia, certifico que: Por escritura pública de fecha 29 de diciembre de 2023, bajo el repertorio No. 8079/2023, ante mi, comparecieron ASESORÍA Y SERVICIOS CAPRI LIMITADA, RUT N°76.328.043-8, representada por don Rodrigo Mujica Barros, cédula de identidad N°9.911.179-8, ambos con domicilio en Camino Los Trapenses N°4949 casa 15, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, y doña ANA MARÍA BARROS MADRID, cédula de identidad N°6.287.314-0, domiciliada en Camino La Capellanía N°1199, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, en su calidad de únicos accionistas de la sociedad “INTERLAGER SpA” -la “Sociedad”-, inscrita a fojas 29.246, número 20.133 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2008, quienes suscribieron un acuerdo de accionistas sin forma de junta en el que se resolvió entre otras cosas: a) Aumentar el capital de la Sociedad en la cantidad de $470.000.000.- Cuatrocientos setenta millones de pesos), mediante la emisión de 470.000.000 de nuevas acciones de pago, el que fue suscrito y pagado únicamente por la sociedad ASESORÍA Y SERVICIOS CAPRI LIMITADA, mediante el aporte en dinero de la suma de $470.000.000. Se deja constancia que el accionista Ana María Barros Madrid, renunció a su derecho de suscripción y pago preferente de acciones. b) En ese contexto, los accionistas acordaron modificar los artículos Artículo Quinto y Artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales, por los siguientes: “ARTÍCULO QUINTO: Capital. El capital de la Sociedad será la suma de cuatrocientos setenta y dos millones de pesos, dividido en cuatrocientas setenta y dos millones de acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, las que han sido suscritas y pagadas en la forma que establece el Artículo Primero Transitorio de los presentes estatutos”; y “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: Suscripción y Pago del Capital. De conformidad con lo dispuesto en el Artículo Quinto de estos estatutos, el capital de la Sociedad asciende a la cantidad de cuatrocientos setenta y dos millones de pesos, dividido en cuatrocientas setenta y dos millones de acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado, con anterioridad a este acto, de acuerdo a lo que sigue: a) doña ANA MARÍA BARROS MADRID, suscribió y pagó un millón novecientas ochenta mil acciones por un millón novecientos ochenta mil pesos, correspondiente al cero coma diecinueve por ciento del capital social, y b) ASESORÍA Y SERVICIOS CAPRI LIMITADA, suscribió y pagó cuatrocientos setenta millones veinte mil pesos, dividido en cuatrocientas setenta millones veinte mil acciones ordinarias, correspondiente al noventa y nueve coma ochenta y un por ciento del capital social.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 29 de diciembre de 2023.