MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

DR. ALIRO BOLADOS Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 76145198-7 CVE 2436799
Capital
$13.054.843 CLP
Fecha instrumento
28 de diciembre de 2023
Notaría
Miranda de Concepción

Instrumento

Fecha
28 de diciembre de 2023
Notario
JUAN ESPINOSA BANCALARI
Domicilio
Concepción
Comuna
Miranda de Concepción

Sociedad

Capital
$13.054.843 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN ESPINOSA BANCALARI, Notario Público Titular de Concepción, con oficio en esta ciudad, calle O’Higgins 528, certifica: Por escritura pública de fecha 28 de diciembre de 2023 bajo el Rep.N°4.900, ante mí, don ALIRO ERNESTO BOLADOS VENEGAS, doña JAVIERA PAZ BOLADOS HENRÍQUEZ y don ALIRO ANDRÉS BOLADOS HENRÍQUEZ, todos con domicilio en calle Tucapel número ciento cuarenta y tres de Concepción, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada “DR. ALIRO BOLADOS Y COMPAÑÍA LIMITADA”, Rut 76.145.198-7, así: Por escritura pública de fecha veintinueve de marzo del año dos mil once, otorgada en la Notaría Miranda de Concepción, ALIRO ERNESTO BOLADOS VENEGAS constituyó la sociedad por acciones “SERVICIOS MÉDICOS ALIRO BOLADOS SpA”, Rut 76.145.198-7, cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas setecientos veinticuatro vuelta número quinientos noventa y dos en el Registro de Comercio de Concepción del año 2011 y publicado en el Diario Oficial de quince de abril del mismo año. Dicha sociedad consta de dos modificaciones, la primera de ellas contenida en la escritura pública de fecha diecinueve de mayo de dos mil catorce, otorgada en la Notaría Valenzuela de Concepción, cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas mil ciento sesenta y tres número mil cincuenta y nueve en el Registro de Comercio de Concepción del año dos mil catorce y publicado en el Diario Oficial de veinticuatro de mayo del mismo año; y la segunda modificación contenida en escritura pública de fecha treinta de diciembre de dos mil diecinueve, otorgada en la Notaría Miranda de Concepción, cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas ciento setenta y seis vuelta número ciento cuarenta y uno en el Registro de Comercio de Concepción del año dos mil veinte y publicado en el Diario Oficial de dieciséis de enero del mismo año. Finalmente, por escritura pública de fecha 14 de diciembre de dos mil veintidós, otorgada en la Décimo Segunda Notaría de Concepción de don Juan Eduardo Avello San Martin, ALIRO ERNESTO BOLADOS VENEGAS y JAVIERA PAZ BOLADOS HENRÍQUEZ transformaron SERVICIOS MÉDICOS ALIRO BOLADOS SpA en una sociedad de responsabilidad limitada, otorgando el correspondiente estatuto bajo la nueva forma societaria, que incorporó otras modificaciones propias de nueva forma societaria, siendo su razón social “DR. ALIRO BOLADOS Y COMPAÑÍA LIMITADA”, nombre de fantasía “DR. ALIRO BOLADOS Y CÍA. LTDA.”, cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas doscientos número ciento sesenta y siete en el Registro de Comercio de Concepción del año dos mil veintitrés y publicado en el Diario Oficial de veinticinco de enero del mismo año.- Capital social $13.054.843. Modificación Consiste: ALIRO ERNESTO BOLADOS VENEGAS vende, cede y transfiere con cargo a sus derechos, en favor de ALIRO ANDRÉS BOLADOS HENRÍQUEZ, quien acepta y adquiere para sí, derechos ascendentes al diez por ciento del total de la sociedad. El precio de la cesión es la suma de un millón cuatrocientos mil pesos, que el cedente declara recibir en este acto, en dinero efectivo y a su entera satisfacción de manos del cesionario. La cesión se refiere al indicado porcentaje sobre el total del patrimonio actual de la sociedad. El cedente disminuye su partcipación al cincuenta por ciento de los derechos en la sociedad. JAVIERA PAZ BOLADOS HENRÍQUEZ vende, cede y transfiere con cargo a sus derechos, en favor de ALIRO ANDRÉS BOLADOS HENRÍQUEZ, quien acepta y adquiere para sí, derechos ascendentes al quince por ciento del total de la sociedad. El precio de la cesión es la suma de dos millones de pesos, que la cedente declara recibir en este acto, en dinero efectivo y a su entera satisfacción de manos del cesionario. La cesión se refiere al indicado porcentaje sobre el total del patrimonio actual de la sociedad. La cedente disminuye su partcipación al veinticinco por ciento de los derechos en la sociedad. Consecuencia de la cesión, el capital social queda distribuido: ALIRO ERNESTO BOLADOS VENEGAS cincuenta por ciento, JAVIERA PAZ BOLADOS HENRÍQUEZ veinticinco por ciento y ALIRO ANDRÉS BOLADOS HENRÍQUEZ veinticinco por ciento. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. NUEVA DISTRIBUCION DE UTILIDADES, A partir del año comercial dos mil veintitrés, las utilidades y pérdidas, se distribuirán entre los socios en la siguiente forma: ALIRO ERNESTO BOLADOS VENEGAS cincuenta por ciento, JAVIERA PAZ BOLADOS HENRÍQUEZ veinticinco por ciento y ALIRO ANDRÉS BOLADOS HENRÍQUEZ veinticinco por ciento. En lo no modificado mantiene su vigencia el estatuto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. CONCEPCIÓN, 10 de enero de 2024.