MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

DISTRIBUIDORA E IMPORTADORA GALILEO SpA

RUT 77009571-9 CVE 2437059
Capital
$124.723.566 CLP
Fecha instrumento
4 de enero de 2024

Instrumento

Fecha
4 de enero de 2024
Repertorio
254-2024

Sociedad

Capital
$124.723.566 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Abogado, Notario Suplente de la 36° Notaría de don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, con oficio en La Concepción 65, piso 2, comuna de Providencia, Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 04 de enero 2024, Repertorio N° 254-2024, ante mí, se redujo Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de “DISTRIBUIDORA E IMPORTADORA GALILEO SpA”, RUT N°77.009.571-9, sociedad inscrita a fojas 32.951, número 16.487 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2019, los únicos y actuales accionistas de esta última reformaron los estatutos reemplazando los Artículos Quinto y Primero Transitorio de los estatutos sociales por los siguientes: “QUINTO: El capital de la Sociedad asciende a la suma de $124.723.566.- dividido en 6.941.962 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, y sin valor nominal, el que se ha pagado en la forma que se indica en el Artículo Primero Transitorio de estos estatutos. Tanto el capital inicial como los eventuales aumentos de capital podrán pagarse en dinero efectivo, con la valoración de servicios prestados, con otros bienes o con créditos. La valoración de éstos se acordará en forma unánime por las acciones suscritas y pagadas de la Sociedad, y en el caso de los aumentos de capital, de la manera en que se acuerde con ocasión en cada aumento. Los aumentos de capital solamente podrán ser acordados por los accionistas. En silencio o a falta de acuerdo, los aportes deberán pagarse en dinero efectivo. El capital social deberá ser aumentado o disminuido mediante acuerdo de la Junta de Accionistas. El plazo para enterar los aumentos de capital será de 12 meses contados desde la fecha del acuerdo respectivo, salvo que la Junta acuerde algo distinto. En el caso de aumentos de capital mediante la emisión de acciones de pago, será necesario hacer oferta preferente de dichas acciones a los accionistas de la Sociedad. En el caso que las acciones pendientes de suscripción y pago no sean suscritas y pagadas en los plazos que se indican y tan pronto como dichos plazos concluyan sin haberse cumplido tal condición, el capital de la Sociedad será reducido de pleno derecho y las acciones pendientes de suscripción y pago serán eliminadas de los registros de la Sociedad”.-“PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la Sociedad correspondiente a la suma de $124.723.566.- dividido en 6.941.962 de acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal, ha sido íntegramente suscrito y pagado con anterioridad a esta fecha”.- Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 08 de enero de 2024.