HERNANDEZ Y VEJAR LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 10 de enero de 2024
- Repertorio
- 177-2024
- Comuna
- Puerto Montt
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFELIPE SAN MARTÍN SCHRÖDER, Notario Titular de la 2° Notaría de Puerto Montt, con oficio en Urmeneta 478, certifico: Por escritura pública de fecha 10 de enero 2024, Repertorio N° 177-2024, ante mi: SOCIEDAD HERNANDEZ Y VEJAR LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario número setenta y seis millones setecientos diez mil trescientos cincuenta guión seis, debidamente representada por don EDUARDO ALFREDO VEJAR RODRIGUEZ, chileno, soltero, Ingeniero Geomensor, cédula nacional de identidad número once millones quinientos treinta y nueve mil ciento treinta y cinco guión seis, ambos domiciliados en Reloncaví numero quinientos treinta y uno de la ciudad de Puerto Montt. y exponen: PRIMERO. Antecedentes. Uno) Constitución. La sociedad HERNANDEZ Y VEJAR LIMITADA, rut 76.710.350-6, en adelante e indistintamente la “Sociedad”, se constituyó por escritura pública de fecha uno de diciembre del año dos mil seis, otorgada en la Notaría de Concepción de don José Gerardo Bambach Echazarreta. Un extracto de dicha escritura se inscribió a fojas dos mil ciento cuarenta y cuatro, número mil ochocientos tres, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción, correspondiente al año dos mil seis. Dos) Socios: Sus actuales y únicos socios son: a) EDUARDO ALFREDO VEJAR RODRIGUEZ con una participación en el capital social y derechos sociales equivalente al noventa y nueve por ciento; y, b) CAMILA LORENA VEJAR CISTERNA, con una participación en el capital social y derechos sociales equivalente al uno por ciento. SEGUNDO. Por medio del presente instrumento, la sociedad HERNANDEZ Y VEJAR LIMITADA, debidamente representada por don EDUARDO ALFREDO VEJAR RODRIGUEZ, en calidad de representante legal de la sociedad, acuerda modificar y ampliar la cláusula segunda de los estatutos sociales, relativo al objeto social de la sociedad, agregándole lo siguiente: SEGUNDO: El objeto de la sociedad será servicios de transporte aéreo y/o trabajo aéreo con fines de lucro. TERCERO. Vigencia de otras estipulaciones. Salvo por la modificación referida precedentemente, los estatutos sociales de la SOCIEDAD HERNANDEZ Y VEJAR LIMITADA quedan íntegramente vigentes. CAPITAL SOCIAL: $10.000.000.- que se divide en 1000 acciones nominativas, de igual valor, sin valor nominal, las que serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos. La totalidad de las acciones en que se divide el capital han sido suscritas y pagadas contado y en efectivo por accionista constituyente. Puerto Montt, 10 enero 2024.-