SERVICIOS DE CATERING Y EVENTOS ROLLING FEST LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 13 de diciembre de 2023
- Notario
- JORGE ELIAS TADRES HALES
- Domicilio
- Temuco
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público de Temuco, con oficio en esta ciudad, calle Antonio Varas Nº 976, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 13 de diciembre de 2023, otorgada ante mí, doña PAMELA MARIA LOYOLA GONZALEZ, domiciliada para estos efectos en calle Hochstetter número seiscientos cinco, departamento setecientos dos, comuna de Temuco y doña JOSEFINA BEATRIZ NAVARRO HILDEBRANDT, domiciliada en calle Hernán Cortés número cero mil seiscientos diez, villa Los Conquistadores, comuna de Temuco, por sí y en representación según se acreditará de PRODUCCIONES JOSEFINA NAVARRO HILDEBRANDT E.I.R.L., rol único tributario número setenta y siete millones ochocientos veintiún mil ciento veinticinco guion cuatro, del mismo domicilio de su representante; modificaron sociedad responsabilidad limitada que gira bajo razón social "SERVICIOS DE CATERING Y EVENTOS ROLLING FEST LIMITADA", constituida por doña Pamela María Loyola González y Producciones Josefina Navarro Hildebrandt E.I.R.L., mediante escritura pública de fecha seis de septiembre del año dos mil veintitrés, otorgada ante este mismo notario, anotada con el repertorio cuatro mil seiscientos once del mismo año; cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas novecientos veintidós número quinientos veintitrés del Registro de Comercio del año dos mil veintitrés y publicado en el diario oficial de fecha cinco de octubre del año en curso.- Modificación consistió: doña PAMELA MARIA LOYOLA GONZALEZ, vendió, cedió y transfirió todos los derechos sociales que a ésta le corresponden en la sociedad referida, es decir el cuarenta y nueve por ciento de la sociedad, a la compareciente JOSEFINA BEATRIZ NAVARRO HILDEBRANDT, quien las compró y aceptó para sí los referidos derechos y aceptó así ingresar como socia a la sociedad ya referida.- El cuarenta y nueve por ciento de los derechos sociales objeto de esta cesión, fue valorada por las partes de común acuerdo en doscientos setenta y dos coma noventa y dos Unidades de Fomento, precio que la compareciente JOSEFINA BEATRIZ NAVARRO HILDEBRANDT, se obligó a pagar a la socia PAMELA MARIA LOYOLA GONZALEZ, en la firma que establece escritura que extracto. Las parten convienen de esta manera en modificar la sociedad referida, en el sentido que sale de la sociedad la socia PAMELA MARIA LOYOLA GONZALEZ y entra, en tal calidad, por el cuarenta y nueve por ciento de los derechos sociales, la compareciente JOSEFINA BEATRIZ NAVARRO HILDEBRANDT. De igual manera, las partes modificaron la sociedad referida, en cuanto al uso y administración de la razón social, la que corresponderá en adelante conjunta o separadamente a ambas socias, es decir a doña JOSEFINA BEATRIZ NAVARRO HILDEBRANDT, como socia y en su calidad de representante legal de PRODUCCIONES JOSEFINA NAVARRO HILDEBRANDT E.I.R.L.- Las facultades descritas en el pacto social quedan inalterables y de forma íntegra como fueron estipuladas.- En todo lo demás se mantiene integro el pacto social.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Temuco, 21 de diciembre de 2023.-