CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ROMERO HEBLES ABOGADOS LIMITADA

RUT 16282359-0 CVE 2434903
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
5 de enero de 2024
Notaría
Concepción
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
5 de enero de 2024
Repertorio
69-2024
Notario
PEDRO ENRIQUE HIDALGO SARZOSA
Oficio
Segunda Notaría de Concepción
Comuna
Concepción

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Concepción
Duración
5 años, a contar esta fecha, renovado tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto exclusivo la prestación de los servicios profesionales propios del ejercicio libre de las áreas legal, contable, tributaria y financiera, incluidas las asesorías de orden jurídico, regulatorio, financiero, tributario contable, de inversiones nacionales y trasnacionales y de cualquier otro orden, por medio de sus socios (en adelante cada uno denominado como un “Socio” o “Socia” y todos conjuntamente, los “Socios”) y demás profesionales del área que trabajen para ella, en los términos que establezca la legislación aplicable; el desarrollo de actividades de investigación en el ámbito del derecho y tributación, la formación y la divulgación de contenidos jurídicos o relacionados con el ejercicio de las profesiones afines; y, en general, la asesoría, representación y patrocinio de terceros en forma esporádica o permanente en cualquier área de la actividad profesional de las áreas mencionadas. ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y USO

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
ADRIANO ANDRE HEBLES ORTIZ socio 16282359-0

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PEDRO ENRIQUE HIDALGO SARZOSA, Abogado, Notario Público Interino de la Segunda Notaría de Concepción, según consta en Decreto Económico Nº211, protocolizado al final del registro del 6º Bimestre del año 2023, con el Nº792, con oficio en calle Castellón Nº116, Concepción, certifico: Que, por escritura pública de fecha 05 de enero 2024, Repertorio Nº69-2024, compareció ante mí, don ADRIANO ANDRE HEBLES ORTIZ, CI 16.282.359-0, con domicilio en Av. Nahuelbuta 2075, depto 32 B y don RODOLFO ANTONIO ROMERO HORMAZÁBAL, CI 16155.163-5 domiciliado en La Alhambra 293, Chiguayante, constituyeron una sociedad de profesionales, civil y de responsabilidad limitada al monto de sus respectivos aportes: RAZÓN SOCIAL: ROMERO HEBLES ABOGADOS LIMITADA nombre fantasía RH LIMITADA.- OBJETO: La Sociedad tendrá por objeto exclusivo la prestación de los servicios profesionales propios del ejercicio libre de las áreas legal, contable, tributaria y financiera, incluidas las asesorías de orden jurídico, regulatorio, financiero, tributario contable, de inversiones nacionales y trasnacionales y de cualquier otro orden, por medio de sus socios (en adelante cada uno denominado como un “Socio” o “Socia” y todos conjuntamente, los “Socios”) y demás profesionales del área que trabajen para ella, en los términos que establezca la legislación aplicable; el desarrollo de actividades de investigación en el ámbito del derecho y tributación, la formación y la divulgación de contenidos jurídicos o relacionados con el ejercicio de las profesiones afines; y, en general, la asesoría, representación y patrocinio de terceros en forma esporádica o permanente en cualquier área de la actividad profesional de las áreas mencionadas. ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: corresponderá a don ADRIANO ANDRE HEBLES ORTIZ y don RODOLFO ANTONIO ROMERO HORMAZÁBAL, quién actuarán, indistinta o separadamente, con amplias facultades, en calidad de administradores estatutarios, con la sola limitación indicada en escritura. CAPITAL: $1.000.000.- que se aporta y entera: a) don ADRIANO ANDRE HEBLES ORTIZ aportó $500.000.-, que pagó de contado y en dinero efectivo, suma que ingresó en arcas sociales. b) don RODOLFO ANTONIO ROMERO HORMAZÁBAL aportó $500.000.-, que pagó de contado y en dinero efectivo, suma que ingresó en arcas sociales. Capital queda íntegramente pagado. SOCIOS LIMITAN SU RESPONDABILIDAD AL MONTO DE SUS RESPECTIVOS APORTES. DURACIÓN: 5 años, a contar esta fecha, renovado tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término. DOMICILIO: Concepción. Demás estipulaciones escritura extractada. CONCEPCION, enero 05 de 2024. Doy fe. su.