CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones SG Limitada

RUT 77359595-K CVE 2434751
Fecha instrumento
7 de diciembre de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
7 de diciembre de 2023
Repertorio
163-2024
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
Oficio
43ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, chileno, Abogado, Notario Público Titular de la 43ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°835, piso 18, de la comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha tres de enero de 2024, bajo el Repertorio N°163-2024, otorgada ante el Notario Titular de la 43° Notaría de Santiago, don Juan Ricardo San Martín Urrejola, con oficio en calle Huérfanos N° 835, piso 18, comuna y ciudad de Santiago, comparecieron don The Lucky Few Inversiones Limitada; don Juan Pablo Cuevas Dauvin; y Asesorías e Inversiones Paso Tioga Limitada, todos domiciliados en Avenida Vitacura Nº 3565, oficina 602, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, quienes, en sus calidades de socios de la sociedad “Inversiones SG Limitada” (en adelante la “Sociedad”), que se encuentra inscrita a fojas 108.120, número 46.205 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2023, procedieron a sanear la escritura pública de constitución de sociedad otorgada con fecha 7 de diciembre de 2023 en la misma Notaría y ante el mismo Notario antes indicados, bajo el Repertorio N°37.719-2023 (en adelante la “Escritura de Constitución”), en el sentido que sanearon el vicio formal en que incurrieron al individualizar ciertos aportes de capital, señalando en definitiva que (i) los aportes referidos en los acápites (a.i), (b.i) y (c.i), de los literales /A/, /B/ y C), respectivamente, de la cláusula quinta de la Escritura de Constitución, sobre el capital, no corresponden a la totalidad de los derechos de que cada uno de los Socios es titular en la sociedad denominada “Inmobiliaria e Inversiones Soul Glo Limitada”, RUT 77.359.595-k, sino que al 99% de los derechos que cada uno de ellos es titular en tal sociedad; y que (ii) los aportes referidos en los acápites (a punto dos), (b.ii) y (c.ii), de los literales /A/, /B/ y C), respectivamente, de la cláusula quinta de la Escritura de Constitución, sobre el capital, no corresponden a la totalidad de los derechos de que cada uno de los Socios es titular en la sociedad denominada “Agrícola SG del Sur Limitada”, RUT 77.173.574-6, sino que al 99% de los derechos de que cada uno de ellos es titular en tal sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 04 de enero de 2024.